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Documento BOE-A-1990-29366

Resolución de 21 de noviembre de 1990, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se porroga por un año a partir del 21 de noviembre de 1990, la autorización para el transporte de mercancías peligrosas de las pinturas, barnices y tintas de imprimir conforme a las prescripciones establecidas a tal efecto en el Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1990, páginas 35940 a 35940 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1990-29366
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1990/11/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

A FIN DE REALIZAR LAS PRUEBAS TENDENTES A SU POSIBLE IMPLANTACION DEFINITIVA EN LA NORMATIVA INTERNA ESPAÑOLA, Y DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 2. , PUNTO 3. DEL REAL DECRETO 1723/1984, DE 20 DE JUNIO, SE AUTORIZO POR RESOLUCION DE 9 DE ABRIL DE 1986, EL TRANSPORTE DE PINTURAS, BARNICES Y TINTAS DE IMPRIMIR, CONFORME A LAS PRESCRIPCIONES ESTABLECIDAS A TAL EFECTO EN EL ACUERDO EUROPEO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR CARRETERA (ADR).

DICHA AUTORIZACION, QUE FUE POSTERIORMENTE PRORROGADA HASTA EL DIA 21 DE NOVIEMBRE DE 1990, OBEDECE A MOTIVOS Y PROBLEMAS QUE DESAPARECERAN TAN PRONTO COMO SE RECOJAN EN LA NORMATIVA INTERNA ESPAÑOLA, LAS PREVISIONES DE LA REGLAMENTACION INTERNACIONAL DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS (LO QUE SE HALLA EN CURSO DE REALIZACION), PERO QUE HASTA ENTONCES ES NECESARIO CONTEMPLAR Y RESOLVER.

POR TODO LO EXPUESTO SE ACUERDA PRORROGAR POR EL PLAZO DE UN AÑO, A PARTIR DEL DIA 21 DE NOVIEMBRE DE 1990, LA AUTORIZACION OTORGADA POR LA MENCIONADA RESOLUCION DE 9 DE ABRIL DE 1986, PARA EL TRANSPORTE DE PINTURAS, BARNICES Y TINTAS DE IMPRIMIR, CONFORME A LAS PRESCRIPCIONES ESTABLECIDAS A TAL EFECTO EN EL ACUERDO EUROPEO RELATIVO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR CARRETERA (ADR).

SE EXCEPTUA EL MARGINAL 10.315 QUE SE REGIRA POR EL ARTICULO 3. , APARTADO 3.

DEL REAL DECRETO 1723/1984, DE 20 DE JUNIO.

MADRID, 21 DE NOVIEMBRE DE 1990. EL DIRECTOR GENERAL, MANUEL PANADERO LOPEZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/11/1990
  • Fecha de publicación: 04/12/1990
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Autorización Otorgada por Resolución de 9 de abril de 1986.
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Barnices
  • Pintura
  • Transportes terrestres

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