El Tribunal Constitucional, por auto de 30 de enero actual, ha acordado levantar la suspensión de la vigencia del articulo 1 de la Ley del Parlamento-de Cataluña 6/1989, de 5 de mayo, en cuanto añade un nuevo párrafo cuarto al artículo 17. b), de la Ley 15/1985, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de Cataluña, cuya suspensión se dispuso por providencia de 29 de agosto de 1989, dictada en el recurso. de Inconstitucionalidad número 1.762/1989, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento. Madrid, 30 de enero de 1990.-El Presidente del Tribunal Constitucional, TOMAS Y VALIENTE
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