Advertidos errores en el texto remitido para su inserción de la Orden de 15 de febrero de 1990, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de 17 de febrero, a continuación se transcriben, las oportunas rectificaciones:
En la página 4773, artículo único, quinta línea, donde dice: «será del 11,75 por 100», debe decir: «será del 12 por 100».
En el mismo artículo único, octava línea, donde dice «no exceda del 12,09515 por 100 anual,», debe decir: «no exceda del 12,360 por 100 anual».
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