Está Vd. en

Documento BOE-A-1990-733

Resolución de 29 de diciembre de 1989, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, por la que se establece la nomenclatura y codificación del Arbitrio Insular de Entrada de Mercancías en las islas Canarias, acomodadas al Arancel Integrado de Aplicación de las Comunidades (TARIC), para el año 1990.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 1990, páginas 1170 a 1170 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1990-733
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1989/12/29/(3)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 14 DE DICIEMBRE DE 1987, AL TIEMPO DE ESTABLECER EN ESPAÑA EL ARANCEL INTEGRADO DE APLICACION (TARIC), CONFIO A LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES LA OBLIGACION DEL MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACION PERMANENTE DE DICHO INSTRUMENTO ARANCELARIO, ADOPTANDO, EN SU CASO, CUANTAS MEDIDAS FUESEN PRECISAS PARA ASEGURAR LAS EXPRESADAS TAREAS Y SU PUBLICACION.

A SU VEZ, POR ORDEN DEL DEPARTAMENTO DE 20 DE MARZO DE 1989, FUE APROBADA LA ORDENANZA REGULADORA DEL ARBITRIO INSULAR DE ENTRADA DE MERCANCIAS EN LAS ISLAS CANARIAS, AJUSTADO A LA NOMENCLATURA Y ESTRUCTURA DEL ARANCEL INTEGRADO DE APLICACION (TARIC) DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, ESTABLECIENDOSE, POR ORDEN DE 28 DE DICIEMBRE DE 1989, QUE, DE IGUAL MODO, EN LO SUCESIVO, LA FACULTAD DEL MANTENIMIENTO ACTUALIZADO DEL ARANCEL INTEGRADO, CONFIADA A ESTE CENTRO DIRECTIVO, SE HAGA EXTENSIVA A CUANTAS MEDIDAS, Y ENTRE ELLAS AL ARBITRIO INSULAR DE ENTRADA EN LAS ISLAS CANARIAS, EXIGIERAN EN LA PRACTICA DE SU UTILIZACION, EL USO DE AQUELLA NOMENCLATURA Y CODIFICACION.

POR ELLO, Y HABIDA CUENTA QUE POR RESOLUCION DE ESTA DIRECCION GENERAL DE 15 DE DICIEMBRE DE 1989, FUE ESTABLECIDO EL ARANCEL INTEGRADO DE APLICACION (TARIC) PARA EL AÑO 1990, SE IMPONE SU EXTENSION AL DENOMINADO ARBITRIO INSULAR DE ENTRADA DE MERCANCIAS EN LAS ISLAS CANARIAS, DE ACUERDO CON LAS FACULTADES OTORGADAS A ESTE CENTRO DIRECTIVO POR LA MENCIONADA ORDEN DE 28 DE DICIEMBRE DE 1989.

EN SU VIRTUD, Y PREVIAS LAS PERTINENTES CONSULTAS FORMULADAS A LOS ORGANOS COMPETENTES DE LA COMUNIDAD DE CANARIAS,

ESTE CENTRO DIRECTIVO HA TENIDO A BIEN RESOLVER:

LA MODIFICACION DEL ANEXO II (RELACION DE SUBPARTIDAS TARIC) DE LA ORDEN DE 14 DE DICIEMBRE DE 1987, PRACTICADA POR LA RESOLUCION DE ESTA DIRECCION GENERAL DE 15 DE DICIEMBRE DE 1989, HA DE ENTENDERSE APLICABLE, DE IGUAL MODO, A PARTIR DE 1 DE ENERO DE 1990, A LA NOMENCLATURA Y ESTRUCTURA DEL ARBITRIO INSULAR DE ENTRADA DE MERCANCIAS EN LAS ISLAS CANARIAS.

LO QUE SE DISPONE PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 29 DE DICIEMBRE DE 1989. EL DIRECTOR GENERAL, HUMBERTO RIOS RODRIGUEZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/12/1989
  • Fecha de publicación: 13/01/1990
  • Aplicable desde El 1 de enero de 1990.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ACTUALIZA el Arbitrio Insular, por Resolución de 14 de febrero de 1990 (Ref. BOE-A-1990-4650).
Referencias anteriores
Materias
  • Canarias
  • Comunidades Autónomas
  • Mercancías
  • Sistema tributario

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid