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Documento BOE-A-1990-7927

Circular 1009/1990, de 12 de marzo, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre instrucciones de uso del Documento Unico (DUA).

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 1990, páginas 8794 a 8794 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1990-7927
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1990/03/12/1009

TEXTO ORIGINAL

EL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 420/90 DE LA COMISION, DE 19 DE FEBRERO DE 1990, RELATIVO A LA NOMENCLATURA DE PAISES PARA LAS ESTADISTICAS DEL COMERCIO EXTERIOR DE LA COMUNIDAD Y DEL COMERCIO ENTRE SUS ESTADOS MIEMBROS (<DIARIO OFICIAL> L. 44, DE 20 DE FEBRERO), CON VIGENCIA EN LA MATERIA TRATADA DESDE 1 DEL PRESENTE AÑO, VIENE A AFECTAR A DETERMINADAS CASILLAS DEL DOCUMENTO UNICO (DUA), EN SU FORMULACION POR PARTE DE LOS INTERESADOS, COMO SON LAS CASILLAS NUMEROS 15, A) (PAIS DE EXPEDICION/PROCEDENCIA); 17, A) (PAIS DE DESTINO); 21 (NACIONALIDAD DEL MEDIO DE TRANSPORTE ACTIVO EN FRONTERA); 22, PRIMERA SUBCASILLA (CODIGO DIVISA) Y 34, A) (PAIS DE ORIGEN) DEL EXPRESADO FORMULARIO.

EN ESTE SENTIDO, SE ENTENDERA QUE LA INVOCACION NORMATIVA DE LA SUBCASILLA A) DE LA CASILLA 15 DEL DUA, DE LA CIRCULAR NUMERO 973 DE ESTA DIRECCION GENERAL, HA DE HACERSE DEL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 420/90 DE LA COMISION, DE 19 DE FEBRERO DE 1990, QUE VIENE A MODIFICAR LA NOMENCLATURA DE PAISES PREEXISTENTES DE LA FORMA QUE SE INDICA:

EUROPA

COMUNIDAD:

006-REINO UNIDO: GRAN BRETAÑA, IRLANDA DEL NORTE, ISLAS ANGLONORMANDAS E ISLA DE MAN.

011-COMPRENDE EXCLUSIVAMENTE PENINSULA E ISLAS BALEARES.

AFRICA

AFRICA OCCIDENTAL:

236-BURKINA FASO, ANTIGUAMENTE ALTO VOLTA.

AFRICA CENTRAL, ORIENTAL Y MERIDIONAL:

388-SUDAFRICA.

389-NAMIBIA.

AMERICA

AMERICA CENTRAL Y DEL SUR:

454-ISLAS TURCAS Y CAICOS.

ASIA

OTROS PAISES Y TERRITORIOS DE ASIA:

701-MALASIA OCCIDENTAL Y MALASIA ORIENTAL (SARAWAK, SABAK Y LABUAN).

AUSTRALIA, OCEANIA Y OTROS TERRITORIOS:

808-OCEANIA AMERICANA.

SAMOS AMERICANA: GUAM, ISLAS MENORES ALEJADAS DE LOS ESTADOS UNIDOS (BAKER, HOWLAND, JARVIS, JOHNSTON, KINGMAN REEF, MIDWAY, NAVASSA, PALMIRA Y WAKE); ISLAS MARIANAS DEL NORTE, PALAU, FEDERACION DE ESTADOS DE MICRONESIA (YAP, KOSRAE, TRUK, POHNPEI), ISLAS MARSHALL.

813-PITCAIRN.

INCLUIDAS LAS ISLAS HENDERSON, DUCIET OLMO.

QUEDA SUPRIMIDA LA CLAVE 390-REPUBLICA SUDAFRICANA Y NAMIBIA.

LO QUE SE COMUNICA PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS, SIENDO DE APLICACION DESDE EL MISMO MOMENTO DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 420/90, DE 19 DE FEBRERO.

MADRID, 12 DE MARZO DE 1990. EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES, HUMBERTO RIOS RODRIGUEZ.

ILMOS. SRES. DELEGADOS DE HACIENDA ESPECIAL, DELEGADO DE HACIENDA Y SRES. JEFES DE DEPENDENCIA REGIONAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES.

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 12/03/1990
  • Fecha de publicación: 29/03/1990
Referencias anteriores
  • MODIFICA la Subcasilla A) de la Casilla 15 de la Circular 973/1987, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28633).
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento (CEE) 420/90, de 19 de febrero (Ref. DOUE-L-1990-80126).
Materias
  • Aduanas

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