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Documento BOE-A-1990-8586

Cuestión de inconstitucionalidad número 765/1990, planteada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Alcalá de Henares (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 1990, páginas 9723 a 9723 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1990-8586

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 2 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 765/1990, PROMOVIDA POR EL JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE ALCALA DE HENARES, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 87 INCISO 2 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 6/1985, DE 1 DE JULIO, POR PODER SER CONTRARIO AL ARTICULO 24.2 Y 117.2 DE LA CONSTITUCION.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 2 DE ABRIL DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 02/04/1990
  • Fecha de publicación: 07/04/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara su desestimación, por Sentencia 76/1992, de 14 de mayo (Ref. BOE-T-1992-13854).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad art. 87 Inciso 2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Juzgados de Instrucción
  • Tribunal Constitucional

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