El Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 814/1991, planteado por el Presidente del Gobierno contra los artículos 14.2; 35.1. a); 36; 58, y 60 de la Ley de las Cortes de Aragón 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorro en Aragón. Y se hace saber que en el mencionado recurso se ha invocado por el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los mencionados preceptos impugnados de la Ley de las Cortes de Aragón 1/1991, desde la fecha de su impugnación para las partes del proceso –que lo fue el 17 de abril actual– y para los terceros desde que aparezca publicada dicha suspensión en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 22 de abril de 1991.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Tomas y Valiente.
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