Padecidos errores en la inserción de la Orden de 24 de julio de 1991 por la que se dictan las normas e instrucciones técnicas precisas para la revisión del Censo Electoral a 1 de enero de 1992 y elaboración de las listas electorales derivadas de la misma, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 182, de fecha 31 de julio de 1991, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el apartado segundo.4, donde dice: «Delegaciones Provinciales de las Oficinas del...», debe decir: «Delegaciones Provinciales de la Oficina del...», y donde dice: «eleminadas», debe decir «eliminadas».
En el apartado segundo.5, donde dice: «la división de las circunstancias en secciones...», debe decir «la división de las circunscripciones en secciones...».
En el apartado undécimo, donde dice: «Instituto Español de Inmigración y la..», debe decir «Instituto Español de Emigración y la...».
En el apartado duodécimo, donde dice: «Las Delegaciones Provisionales de la...», debe decir «Las Delegaciones Provinciales de la...».
Donde dice: «Decimoveno.-I...», debe decir «Decimonoveno.-1...».
En el apartado vigésimo, donde dice: «listas definitvas...», debe decir «listas definitivas...».
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