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Documento BOE-A-1991-27318

Ley 7/1991, de 21 de octubre, por la que se modifica el apartado 1 del artículo 31 de la Ley 3/1984, de 22 de junio, del Presidente de la Diputación General y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 1991, páginas 36749 a 36749 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-1991-27318
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ar/l/1991/10/21/7

TEXTO ORIGINAL

EN NOMBRE DEL REY, Y COMO PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON, PROMULGO LA PRESENTE LEY, APROBADA POR LAS CORTES DE ARAGON, Y ORDENO QUE SE PUBLIQUE EN EL <BOLETIN OFICIAL DE ARAGON> Y EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>; TODO ELLO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 20 Y 21 DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA.

EXPOSICION DE MOTIVOS

EL ARTICULO 31 DE LA LEY 3/1984, DE 22 DE JUNIO, DEL PRESIDENTE DE LA DIPUTACION GENERAL Y DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON, RECOGIO LA ORGANIZACION INICIAL EN DEPARTAMENTOS DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA, PREVIENDO LA CITADA LEY LA POSIBILIDAD DE SU ALTERACION POR DECRETO DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACION GENERAL DE ARAGON DURANTE UN PLAZO DE CUATRO AÑOS DESDE SU ENTRADA EN VIGOR.

EN DESARROLLO DE LA INDICADA FACULTAD, POR DECRETO DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACION GENERAL DE ARAGON DE 31 DE JULIO DE 1987, SE PROCEDIO A UNA REESTRUCTURACION DE LA ORGANIZACION ADMINISTRATIVA DE LA DIPUTACION GENERAL DE ARAGON.

LA PRESENTE LEY TIENE COMO OBJETIVO CONSEGUIR UN OPTIMO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA.

ARTICULO UNICO. SE MODIFICA EL APARTADO 1 DEL ARTICULO 31 DE LA LEY 3/1984, DE 22 DE JUNIO, DEL PRESIDENTE DE LA DIPUTACION GENERAL Y DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON, SEGUN EL SIGUIENTE TEXTO:

<1. LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON QUEDA ORGANIZADA EN LOS SIGUIENTES DEPARTAMENTOS:

PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES.

ECONOMIA Y HACIENDA.

ORDENACION TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES.

AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES.

INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO.

SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO.

CULTURA Y EDUCACION.>

DISPOSICION DEROGATORIA

QUEDA DEROGADO EL DECRETO DE 31 DE JULIO DE 1987 DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACION GENERAL DE ARAGON, POR EL QUE SE REESTRUCTURA LA ORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON, Y CUALESQUIERA OTRAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE LEY.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.

SE FACULTA A LA DIPUTACION GENERAL PARA DICTAR LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS QUE REQUIERA EL DESARROLLO DE LA PRESENTE LEY.

SEGUNDA. LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE ARAGON>.

ASI LO DISPONGO A LOS EFECTOS DEL ARTICULO 9.1 DE LA CONSTITUCION Y LOS CORRESPONDIENTES DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE ARAGON.

ZARAGOZA, 21 DE OCTUBRE DE 1991.

EMILIO EIROA GARCIA,

PRESIDENTE DE LA DIPUTACION GENERAL

DE ARAGON

(PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DE ARAGON> NUMERO 130, DE 30 DE OCTUBRE DE 1991)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 21/10/1991
  • Fecha de publicación: 13/11/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 30/10/1991
  • Publicada en el BOA núm. 130, de 30 de octubre de 1991.
Referencias anteriores
  • DEROGA Decreto de 31 de julio de 1987 (BOA de 3 de agosto).
  • MODIFICA el art. 31.1 de la Ley 3/1984, de 22 de junio (Ref. BOE-A-1984-16328).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 20 y 21 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20819).
Materias
  • Aragón
  • Comunidades Autónomas

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