EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 10 DE DICIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 2.186/1991, PLANTEADA POR LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID, RESPECTO DEL ARTICULO 12 DE LA LEY 35/1980, DE 26 DE JUNIO, DE PENSIONES A EXCOMBATIENTES DE LA ZONA REPUBLICANA, POR PODER INFRINGIR LOS ARTICULOS 14 Y 24.1 DE LA CONSTITUCION.
MADRID, 10 DE DICIEMBRE DE 1991. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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