Advertidos errores en el texto remitido para su inserción de la Orden 69/1990, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 252, de fecha 20 de octubre de 1990, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Punto primero, apartado 1, donde dice: «NM-D-2653 EMA. Definición de las pruebas a realizar a vehículos con los que se pretende remolcar las bocas de riego», debe decir «NM-D-2653 EMA. Definición de las pruebas a realizar a los vehículos con los que se pretende remolcar las bocas de fuego».
Punto segundo, apartado 4, donde dice: «NM-C-438 EMA. Contraincendios. Líquido espumógeno. Para producción de espuma física o mecánica», debe decir «NM-C-438 EMA. 1.ª R Contraincendios. Líquido espumógeno para producción de espuma física o mecánica para extinción de incendios».
Punto segundo, apartado 5, donde dice: «NM-C-2006 MA. Contraincendios. Generador de espuma mecánica de 38,1 mm de diámetro (1.15,,)», debe decir «NM-C-2006 MA. Contraincendios. Generador de espuma mecánica de 38.1 mm de diámetro».
Punto segundo, apartado 7, donde dice: «NM-A-236 EMA. Anteojos prismáticos. Pruebas para su calificación y recepción», debe decir «NMA-236 EMA. (l.ª R) Anteojos prismáticos. Pruebas para su calificación y recepción».
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