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Documento BOE-A-1992-20822

Cuestión de inconstitucionalidad número 1819/1992.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 1992, páginas 30773 a 30773 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1992-20822

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de agosto actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1819/1992, planteada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida, respecto del artículo 737 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según la redacción dada por la Ley 10/1992, de 30 de abril, de medidas urgentes de reforma procesal, por si pudiera vulnerar el artículo 122 de la Constitución.

Madrid, 25 de agosto de 1992.-El Secretario de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 25/08/1992
  • Fecha de publicación: 08/09/1992
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la inconstitucionalidad y nulidad del art. 737, por Sentencia 254/1994, de 21 de septiembre (Ref. BOE-T-1994-23061).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • del art. 737 de la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada por Decreto de 3 de febrero de 1881, en la redacción dada por la LEY 10/1992, de 30 de abril (Ref. BOE-A-1881-813) y (Ref. BOE-A-1992-9548).
Materias
  • Enjuiciamiento Civil
  • Tribunal Constitucional

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