Por Resolución de 2 de enero de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> del día 6), se acordó, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, delegar determinadas facultades y atribuciones en el Director del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia.
La conveniencia de profundizar en las razones invocadas en la citada Resolución, relativas al propósito de lograr una mayor agilidad y eficacia en la gestión de los recursos humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que se ha puesto de manifiesto a través de la práctica en la gestión, aconseja delegar las competencias sobre determinados actos de gestión ordinaria en los Subdirectores generales de Programación, Formación y Empleo, de Gestión de Personal y de Relaciones Laborales y Acción Social, todos ellos del Departamento de Recursos Humanos, competencias que habían sido delegadas en el Director del Departamento por la Resolución de 2 de enero de 1992, que ahora se modifica.
En su virtud, previa aprobación del Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, he acordado:
Primero.-Se delegan en el Subdirector general de Programación, Formación y Empleo las siguientes competencias:
a) La facultad prevista en el artículo 18 del Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, de diferir hasta veinte días hábiles el cese de los funcionarios que hayan obtenido puesto por concurso, cuando ello implique traslado desde la demarcación de una delegación especial a otra o a los servicios centrales de la Agencia y en todos los casos en que el puesto de destino se encuentre fuera de la Agencia.
b) El traslado voluntario del personal laboral sujeto al proceso de funcionarización.
Segundo.-Se delegan en el Subdirector general de Gestión de Personal las siguientes competencias:
a) El reconocimiento de trienios correspondientes al personal funcionario y laboral destinado en los servicios centrales de la Agencia.
b) El reconocimiento de la adquisición y cambio de grados personales respecto a todo el personal funcionario con destino en la Agencia.
c) La declaración de excedencia voluntaria en el supuesto del apartado a) del artículo 29.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, respecto al personal funcionario destinado en los servicios centrales de la Agencia.
d) La declaración de jubilación forzosa del personal funcionario con destino en los servicios centrales de la Agencia.
e) La declaración de excedencia en el supuesto del apartado 3 del artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, respecto al personal laboral de los servicios centrales, y en los demás supuestos de excedencia, respecto a todo el personal laboral destinado en la Agencia.
f) La formalización del cese y toma de posesión del personal del Departamento de Recursos Humanos.
g) La declaración de reingreso al servicio activo respecto a todo el personal laboral con destino en la Agencia.
h) La anotación de la cancelación de las sanciones disciplinarias impuestas al personal funcionario o laboral de la Agencia.
i) La autorización de residencia en término municipal distinto de donde radique el puesto de trabajo.
Tercero.-Se delegan en el Subdirector general de Relaciones Laborales y Acción Social las siguientes competencias:
a) La concesión de autorización para celebrar asambleas de personal.
b) El control y aprobación de la utilización de horas sindicales.
Cuarto.-Queda modificada en los términos anteriores la Resolución de 2 de enero de 1992 de esta Dirección General, por la que se delegan competencias en el Director del Departamento de Recursos Humanos.
Quinto.-En todo caso, los titulares de los órganos a que se refiere la presente disposición podrán, en el ámbito de las competencias que por la misma se les delegan, someter al Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los asuntos que por su trascendencia consideren conveniente.
Sexto.-La delegación de atribuciones contenida en la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento el Director general de la Agencia pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella considere oportuno.
Séptimo.-Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición deberá hacerse constar así expresamente en la resolución correspondiente.
Octavo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 28 de octubre de 1992.-El Director general, Jaime Gaiteiro Fortes.
Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos y Subdirectores generales de Programación, Formación y Empleo, de Gestión de Personal y de Relaciones Laborales y Acción Social.
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