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Documento BOE-A-1992-501

Resolución de 8 de enero de 1992, de la Secretaría General para la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación del Real Decreto 1843/1991, de 30 de diciembre, por el que se fijan para 1991 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Minería del Carbón.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1992, páginas 782 a 782 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1992-501
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1992/01/08/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1843/1991, DE 30 DE DICIEMBRE, APROBO LAS BASES NORMALIZADAS DE COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL POR CONTINGENCIAS COMUNES EN EL REGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LA MINERIA DEL CARBON, ESTABLECIENDO EN SU DISPOSICION ADICIONAL QUE POR ESTA SECRETARIA GENERAL SE FIJASEN PLAZOS ESPECIALES PARA EL INGRESO DE LAS DIFERENCIAS QUE RESULTASEN DE LA APLICACION DE LAS BASES QUE SE ESTABLECIAN EN EL REAL DECRETO CITADO, RESPECTO DE AQUELLAS POR LAS QUE SE VENIA COTIZANDO EN EL EJERCICIO 1991.

EN SU VIRTUD, ESTA SECRETARIA GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

LAS DIFERENCIAS DE COTIZACION RESULTANTES DE LA APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1843/1991, DE 30 DE DICIEMBRE, RESPECTO DE AQUELLAS POR LAS QUE SE HA VENIDO COTIZANDO EN EL EJERCICIO 1991, PODRAN SER INGRESADAS POR LAS EMPRESAS EN LOS PLAZOS Y EN LA FORMA QUE A CONTINUACION SE EXPRESA:

EN EL PLAZO QUE FINALIZARA EL DIA 29 DE FEBRERO DE 1992, LAS DIFERENCIAS DE COTIZACION CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE ENERO A ABRIL DE 1991, AMBOS INCLUSIVE.

EN EL PLAZO QUE FINALIZARA EL DIA 30 DE ABRIL DE 1992, LAS DIFERENCIAS DE COTIZACION CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE MAYO A AGOSTO DE 1991, AMBOS INCLUSIVE.

EN EL PLAZO QUE FINALIZARA EL DIA 30 DE JUNIO DE 1992 LAS DIFERENCIAS DE COTIZACION CORRESPONDIENTES A LOS RESTANTES MESES.

MADRID, 8 DE ENERO DE 1992 EL SECRETARIO GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL, ADOLFO JIMENEZ FERNANDEZ.

ILMOS. SRES.: DIRECTORES GENERALES DE PLANIFICACION Y ORDENACION ECONOMICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DE ORDENACION JURIDICA Y ENTIDADES COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DIRECTORES PROVINCIALES DEL DEPARTAMENTO.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/01/1992
  • Fecha de publicación: 11/01/1992
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AMPLÍA plazos, por Resolución de 25 de marzo de 1992 (Ref. BOE-A-1992-7235).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional del Real Decreto 1843/1991, de 30 de diciembre : (Ref. BOE-A-1991-30920).
Materias
  • Carbón
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Minas
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Seguridad Social

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