Está Vd. en

Documento BOE-A-1992-6862

Resolución de 28 de febrero de 1992, de la Dirección General del Organismo autónomo Correos y Telégrafos, sobre delegación de atribuciones en materia de disposición de gastos y ordenación de pagos relativos a los mismos.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 1992, páginas 9996 a 9996 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Referencia:
BOE-A-1992-6862
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1992/02/28/(2)

TEXTO ORIGINAL

EL ARTICULO 74.2 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1091/1988, DE 23 DE SEPTIEMBRE, PUBLICADO EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 234, DE 29 DE SEPTIEMBRE, DEL MISMO AÑO, ATRIBUYE A LOS PRESIDENTES O DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS DEL ESTADO, TANTO LA DISPOSICION DE GASTOS COMO LA ORDENACION DE LOS PAGOS RELATIVOS A LOS MISMOS, Y EN EL NUMERO 3 DEL MISMO ARTICULO REGULA QUE DICHAS FACULTADES PODRAN DELEGARSE EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS.

POR OTRA PARTE, EL ARTICULO 7. , 3, F), DE LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTONOMO CORREOS Y TELEGRAFOS, APROBADOS POR REAL DECRETO 1766/1991, DE 13 DE DICIEMBRE (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 299, DEL 14), ATRIBUYE AL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO LA ORDENACION DE PAGOS, Y EL APARTADO J) DEL MISMO ARTICULO LE AUTORIZA PARA APROBAR DETERMINADAS INVERSIONES Y SUMINISTROS, PERO ESTOS CON CARACTER INDELEGABLES.

PARA CONSEGUIR UNA GESTION MAS EFICAZ DE LOS MEDIOS MATERIALES, PERSONALES Y FINANCIEROS EN EL NUEVO ORGANISMO AUTONOMO, SE HACE PRECISO ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS TENDENTES A CONSEGUIR EL PROCEDIMIENTO MAS AGIL POSIBLE, SIN DETRIMENTO DE LOS CONTROLES ADEUCADOS.

EN CONSECUENCIA, EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 74.3 DEL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 7. , 4, DE LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTONOMO CORREOS Y TELEGRAFOS, HE TENIDO A BIEN DISPONER LA DELEGACION DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

1. LA DISPOSICION O APROBACION DEL GASTO DEL CAPITULO I E INDEMNIZACIONES AL PERSONAL, DEL CAPITULO II, EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, A EXCEPCION DE LOS GASTOS DERIVADOS DE LOS CONTRAIDOS INICIALES.

2. LA DISPOSICION O APORBACION DEL GASTO DEL RESTO DEL PRESUPUESTO, EXCEPCION HECHA DE INVERSIONES, SUMINISTROS, ENAJENACIONES Y DEMAS CONTRATOS, EN LA SUBDIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACION ECONOMICA, HASTA UNA CUANTIA MAXIMA DE 50 MILLONES DE PESETAS.

3. LA ORDENACION DE PAGOS DE TODOS LOS GASTOS DEL ORGANISMO, EN LA SUBDIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACION ECONOMICA.

MADRID, 28 DE FEBRERO DE 1992. EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO AUTONOMO CORREOS Y TELEGRAFOS, LUIS EGUSQUIZA MANCHADO.

ILMO. SR. SUBDIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS E ILMA. SRA.

SUBDIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACION ECONOMICA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/02/1992
  • Fecha de publicación: 25/03/1992
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • lo indicado , por Resolución de 12 de marzo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-7247).
    • lo indicado, por Resolución de 20 de julio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-22848).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 7.4 de los Estatutos aprobados por Real Decreto 1766/1991, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-29933).
    • art. 74.3 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
Materias
  • Correos y Telégrafos
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Obras Públicas y Transportes
  • Ordenación de gastos y pagos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid