De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 6/1993, de 23 de abril, sobre abono de subvenciones por gastos electorales (elecciones 1991), publicado en el <Boletín Oficial del Estado> número 98, de 24 de abril de 1993.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de abril de 1993.-El Presidente del Congreso de los Diputados.
PONS IRAZAZABAL
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