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MODIFICACIONES al Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID), hecho en Berna el 1 de mayo de 1985 <Boletín Oficial del Estado> del 20 al 26 de agosto de 1986, 30 de diciembre de 1988 y 21 La Comisión de Expertos en Transportes de Mercancías Peligrosas a raíz de su 28. sesión, celebrada en Berna (Suiza) del 2 al 12 de abril de 1991, modificó el RID del 1 de mayo de 1985, como sigue:
1. Introducción, sumario y prescripciones generales: Doc. OCTI/RID/Not./28/1.
2. Clases 1, 2, 3, 6.1, 6.2, 7, 8 y 9: Doc. OCTI/RID/Not./28/2.
3. Clase 4.1: Doc. OCTI/RID/Not./28/3.
4. Clase 4.2: Doc. OCTI/RID/Not./28/4.
5. Clase 4.3: Doc. OCTI/RID/Not./28/5.
6. Clase 5.1: Doc. OCTI/RID/Not./28/6.
7. Clase 5.2: Doc. OCTI/RID/Not./28/7.
8. Apéndices I, IV, V, VII y IX: Doc. OCTI/RID/Not./28/8.
9. Apéndices X y XI: Doc. OCTI/RID/Not./28/9.
10. Apéndice III: Doc. OCTI/RID/Not./28/10.
11. Apéndice V: Doc. OCTI/RID/Not./28/11.
12. Apéndice VIII: Doc. OCTI/RID/Not./28/12.
Estas modificaciones entraron en vigor el 1 de enero de 1993.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 10 de junio de 1993.-El Secretario general técnico, Antonio Bellver Manrique.
En suplemento anexo se publican las Modificaciones al Reglamento relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID).
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