De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.1.1 del Reglamento de Normalización Militar y 4.24 del Manual de Normalización Militar, aprobados por Orden del Ministerio de Defensa 40/1989, de 26 de abril, y Orden de la Presidencia del Gobierno de 28 julio de 1967 (<Boletín Oficial del Estado> números 106 y 203), respectivamente, dispongo:
Primero.-Se aprueban las normas militares siguientes:
1. Conjuntas EMA: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.
NM-R-2725 EMA
Raquetas para nieve.
2. Conjuntas EM: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra y en la Armada.
NM-CH-705 EM (1.R) Chalecos salvavidas para fuerzas de desembarco.
NM-CH-2605 EM (1.R) Chalecos salvavidas de flotabilidad permanente para uso de la Armada.
La primera revisión a la norma NM-CH-705 EM anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden de la Presidencia del Gobierno de fecha 4 de junio de 1969 (<Boletín Oficial del Estado> número 139).
La primera revisión a la norma NM-CH-2605 EM anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa de fecha 20 de septiembre de 1989 (<Boletín Oficial del Estado> número 225).
3. Conjuntas MA: De obligado cumplimiento en la Armada y el Ejército del Aire.
NM-R-2726 MA Red de camuflaje.
4. Particulares M: De obligado cumplimiento en la Armada.
NM-B-890 M (2.R) Botas de media caña para las FAS en campaña de instrucción.
NM-C-2351 M (1.R) Camisa de manga corta para la Armada.
NM-C-2727 M Camisa de manga larga para el personal profesional de la Armada.
La segunda revisión a la norma NM-B-890 M anula la edificación anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa de fecha 18 de abril de 1990 (<Boletín Oficial del Estado> número 100).
La primera revisión a la norma NM-C-2351 M anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa de fecha 17 de julio de 1985 (<Boletín Oficial del Estado> número 219).
5. Particulares A: De obligado cumplimiento en el Ejército del Aire.
NM-E-787 A (1.R) Equipo móvil de transfusión.
La primera revisión a la norma NM-E-787 A anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden de la Presidencia del Gobierno de fecha 5 de mayo de 1970 (<Boletín Oficial del Estado> número 111).
6. Normas de obligado cumplimiento para la Guardia Civil:
NM-CH-705 EM (1.R) Chalecos salvavidas para fuerzas de desembarco.
NM-R-2725 EMA Raquetas para nieve.
Segundo.-Se anulan las normas militares y el carácter de obligado cumplimiento de las normas UNE siguientes:
1. Normas militares (NM) a anular.
1.1 Para la armada:
NM-CH-272 M Chalecos salvavidas de uso en la Marina.
NM-Z-508 EM Zapapico.
NM-A-754 EM Azada.
NM-T-2548 M Tejido para el pantalón de verano de tropa de Infantería de Marina.
2.1 Para el Ejército de Tierra y la Armada.
UNE 17 062 64 Llaves acodadas para tornillos accionados por hexágono interior.
2.2 Para el Ejército de Tierra.
UNE 17 072 64 Tuercas hexagonales rebajadas, medidas métricas.
Madrid, 21 de septiembre de 1993.
GARCIA VARGAS
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