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Documento BOE-A-1993-30786

Orden de 10 de diciembre de 1993 por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero en Organización Industrial.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 27 de diciembre de 1993, páginas 37030 a 37030 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1993-30786
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/12/10/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1401/1992, de 20 de noviembre, por el que se establece el título oficial de Ingeniero en Organización Industrial y las directrices generales propias de sus planes de estudios, dispone, en su cuarta directriz, que en aplicación de lo previsto en los artículos 5. y 8. 2, del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el Ministerio de Educación y Ciencia se concretarán las titulaciones y los estudios previstos de primer ciclo, así como los complementos de formación necesarios para cursar estas enseñanzas.

La presente Orden da cumplimiento a lo establecido en el citado Real Decreto, concretando las titulaciones y estudios previos de primer ciclo, así como los complementos de formación con los que se puede acceder a las enseñanzas conducentes a la obtención del título indicado en el párrafo anterior, en tanto se realicen nuevas propuestas por el Consejo de Universidades que permitan una más amplia oferta de posibilidades de incorporación a los estudios de referencia.

En su virtud, a propuesta del Consejo de Universidades, dispongo:

Primero.-Podrán acceder directamente sin complementos de formación a los estudios de sólo segundo ciclo conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero en Organización Industrial, quienes hayan superado el primer ciclo del título de Ingeniero Industrial, o estén en posesión del título de Ingeniero Técnico en Electricidad, Ingeniero Técnico en Electrónica Industrial, Ingeniero Técnico en Mecánica, Ingeniero Técnico en Química Industrial e Ingeniero Técnico Textil.

Segundo.-Se autoriza a la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 10 de diciembre de 1993.

SUAREZ PERTIERRA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades e Investigación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 10/12/1993
  • Fecha de publicación: 27/12/1993
  • Fecha de derogación: 18/10/1995
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 1401/1992, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-28251).
  • CITA Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-27707).
Materias
  • Ingenieros en Organización Industrial

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