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Documento BOE-A-1993-4183

Orden de 3 de febrero de 1993 por la que se aprueba el calendario de cese de actividades docentes de las extensiones del Centro Nacional de Educación Básica a Distancia (CENEBAD) y del Instituto Nacional de Bachillerato a Distancia (INBAD).

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 1993, páginas 4601 a 4601 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1993-4183
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1993/02/03/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1180/1992, de 2 de octubre (<Boletín Oficial del Estado> del 20), establece, en su disposición transitoria segunda, que las extensiones del Centro Nacional de Educación Básica a Distancia (CENEBAD) y del Instituto Nacional de Bachillerato a Distancia (INBAD), cesarán en su actividad docente, pasando a realizarse la matriculación, atención tutorial, seguimiento y evaluación de sus alumnos por los Centros públicos específicos y ordinarios. Estos Centros deben ser determinados, según niveles, por el Ministerio de Educación y Ciencia, en el ámbito territorial, cuya gestión directa le compete.

La disposición transitoria anteriormente citada autoriza expresamente al Ministerio de Educación y Ciencia para fijar el calendario de aplicación del proceso antes descrito.

Por lo expuesto se hace necesario establecer el calendario de cese de actividades docentes de las extensiones del CENEBAD e INBAD mediante un proceso que garantice la continuidad de la atención educativa a los alumnos que sigan enseñanzas a través de esta modalidad.

En consecuencia, he tenido a bien disponer:

Artículo 1. En el año académico 1993-94 los alumnos adultos que cursen enseñanzas equivalentes a la Educación General Básica a través de la modalidad de educación a distancia, formalizarán su matrícula y recibirán atención educativa en los Centros públicos de educación de adultos.

Art. 2. Las extensiones del CENEBAD cesarán en su actividad docente al finalizar el año académico 1992-93.

Art. 3. 1. En el año académico 1994-95 se suprimirá la matrícula de 1. y 2. de Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP) en las extensiones del INBAD.

2. Los alumnos que en el año académico 1994-95 quieran seguir enseñanzas de 1. y 2. de BUP a través de la modalidad de educación a distancia, formalizarán su matrícula y recibirán atención educativa a través de los Centros ordinarios que cada Dirección Provincial del Departamento determine.

Art. 4. 1. En el año académico 1995-96 se suprimirá la matrícula de 3. de BUP y del Curso de Orientación Universitaria (COU) en las extensiones del INBAD.

2. Los alumnos que en el año académico 1995-96 quieran seguir enseñanzas de 3. de BUP y COU a través de la modalidad de educación a distancia, formalizarán su matrícula y recibirán atención educativa a través de los Centros ordinarios que cada Dirección Provincial del Departamento determine.

Art. 5. Las extensiones del INBAD cesarán en su actividad docente al finalizar el año académico 1994-95.

Art. 6. 1. Los alumnos en edad de escolarización ordinaria que acrediten suficiente y documentalmente la concurrencia de circunstancias excepcionales que les imposibiliten seguir enseñanzas en régimen presencial, podrán matricularse en régimen de educación a distancia, a través de los Centros ordinarios o específicos autorizados más próximos a su domicilio.

2. Los alumnos en edad de escolarización obligatoria o adultos, en los que concurran circunstancias excepcionales acreditadas suficiente y documentalmente, que imposibiliten su atención por la modalidad de enseñanza a distancia a través de un Centro ordinario o específico autorizado, podrán matricularse y recibir atención educativa a través del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.(i) del Real Decreto 1180/1992, de 2 de octubre.

Art. 7. Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a todas las extensiones del CENEBAD e INBAD, a los Centros públicos de educación de adultos y a los Centros educativos ordinarios que se determinen.

DISPOSICION ADICIONAL

Con el fin de garantizar la correcta implantación generalizada de las enseñanzas contenidas en la nueva ordenación del sistema educativo en la modalidad de educación a distancia, el Ministerio de Educación y Ciencia realizará las oportunas adecuaciones curriculares, elaboración y evaluación de medios didácticos específicos e implantación anticipada de enseñanzas en los Centros públicos que determine.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.-La documentación académica y administrativa que obre en poder de las extensiones y sedes centrales del CENEBAD e INBAD pasará a custodiarse según proceda por las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia o Centros docentes públicos, ordinarios o específicos de educación de personas adultas, que éstas designen de acuerdo con el calendario que se establece en la presente Orden.

El proceso anteriormente descrito comenzará en 1993 y deberá estar concluido en 1996.

Segunda.-Los alumnos que habiendo iniciado a través del CENEBAD e INBAD sus estudios no los hayan concluido en las fechas fijadas con carácter general para la extinción de las enseñanzas de Educación General Básica, BUP y COU, podrán continuar recibiendo atención educativa en las enseñanzas en las que iniciaron sus estudios directamente a través del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia durante un período máximo de dos años.

Tercera.-El cese de actividades docentes de los Centros colaboradores y aulas del INBAD así como los Centros colaboradores y las Entidades vinculadas al CENEBAD será el establecido en la presente Orden para sus respectivas extensiones.

Madrid, 3 de febrero de 1993.

PEREZ RUBALCABA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/02/1993
  • Fecha de publicación: 13/02/1993
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria 2 del Real Decreto 1180/1992, de 2 de octubre (Ref. BOE-A-1992-23316).
Materias
  • Bachillerato
  • Centro Nacional de Educación Básica a Distancia
  • Curso de Orientación Universitaria
  • Educación General Básica
  • Enseñanza a Distancia
  • Instituto Nacional de Bachillerato a Distancia

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