El Tribunal Constitucional, por providencia de 20 de septiembre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2994/94, planteado por el Defensor del Pueblo contra el apartado 8 del artículo único de la Ley 9/1994, de 19 de mayo, de modificación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, en la redacción que da al párrafo tercero del apartado 7 del artículo 5 de la mencionada Ley 5/1984, de 26 de marzo.
Madrid, 20 de septiembre de 1994.-El Secretario de Justicia.
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