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Documento BOE-A-1994-2635

Orden de 20 de enero de 1994 por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria 12.0.02 del capítulo XII del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 1994, páginas 3666 a 3669 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1994-2635
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1994/01/20/(3)

TEXTO ORIGINAL

Por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, se aprobó el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, previéndose su desarrollo y ejecución mediante Instrucciones Técnicas Complementarias, cuyo alcance y vigencia se define en el artículo 2. del citado Real Decreto.

Por Orden de 3 de febrero de 1986, se aprobó la Instrucción Técnica Complementaria ITC 12.0.02 del capítulo XII del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

La aparición de nuevas exigencias técnicas y de recientes normas UNE, así como la transposición de las modificaciones de la Directiva 82/130/CEE, requirieron las actualizaciones de la ITC 12.0.02, aprobadas por Ordenes de 22 de marzo de 1988 y 3 de abril de 1992.

La publicación de nuevas normas UNE y la necesidad de nuevas especificaciones técnicas y la actualización de algunas existentes para su adaptación a las exigencias técnicas actuales, exigen una nueva modificación de la ITC 12.0.02.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con la autorización a que se refiere el artículo 2. del Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, a propuesta de la Dirección General de Minas,

Este Ministerio tiene a bien disponer:

Primero.-La Instrucción Técnica Complementaria 12.0.02 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobada por la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 3 de febrero de 1986 y actualizada por las de 22 de marzo de 1988 y de 3 de abril de 1992, queda modificada en la forma que se indica en los apartados 2., 3., 4., 5. y 6.

Segundo.-En el apartado 2, <Normas>, se suprimen las siguientes:

Número / Denominación / Apartado a que se refiere en la ITC 12.0.01 o en otra

UNE 20.324/78/IR / Clasificación de los grados de protección proporcionados por las envolventes / 8.2.1

UNE 22.510/85 / Cables eléctricos para interior de minas. Recomendaciones generales / 9.1.1

UNE 22.512/85 / Cables eléctricos para interior de minas. Cables flexibles armados aislados con EPR de tensión nominal 0,6/1 KV a 3,6/6 KV / 9.1.1

UNE 22.513/85 / Cables eléctricos para interior de minas. Cables flexibles aislados con EPR tensión nominal 0,6/1 KV / 9.1.1

UNE 22.520/85 / Material eléctrico para minas. Cofres de tajo / 8.2.1

UNE 22.521/85 / Material eléctrico para minas. Cofre de tajo. Protección de cables flexibles / 8.2.1

UNE 31.001/49 / Prueba Trauzl. Ensayo de explosivos / 9.1.2

ISO 1.120/76 / Bandas transportadoras. Determinación de la resistencia mecánica del cosido con grapas. Método de ensayo estático / 8.2.2

Tercero.-En el apartado 2, <Normas>, se incorporan las siguientes:

Número / Denominación / Apartado a que se refiere en la ITC 12.0.01 o en otra

UNE 20.111/89/ / Máquinas eléctricas rotativas grado de protección proporcionado por las envolventes / 8.2.1

UNE 20.324/89/IR / Clasificación de los grados de protección proporcionados por las envolventes / 8.2.1

UNE 20.427/81 / Ensayos de cables sometidos a condiciones propias de un incendio / 9.1.1

UNE 20.431/82 / Características de los cables eléctricos resistentes al fuego/ 9.1.1

UNE 20.432/82 / Ensayos de los cables sometidos al fuego. Ensayo de un conductor aislado o de un cable expuesto a la llama / 9.1.1

UNE 22.006/1/90 / Amarres y suspensiones de cables para instalaciones de extracción en pozos verticales de minas. Parte I. Reglas de construcción y ensayos / 8.2.2

UNE 22.010/90 / Cabrestantes de hasta 60 kN de fuerza / 9.2.4

UNE 22.032/90 / Locomotoras para minas de interior. Especificaciones de construcción / 9.2.5

UNE 22.331/90 / Explosividad de polvo de carbón. Método para la toma de muestras / 1.4 (ITC 04.1.01)

UNE 22.332/90 / Explosividad de polvo de carbón. Envases para el envío de muestras / 1.4 (ITC 04.1.01)

UNE 22.333/90 / Explosividad de polvo de carbón. Método de preparación y ensayos previos de muestras / 1.4 (ITC 04.1.01)

UNE 22.334/90 / Explosividad de polvo de carbón. Método de ensayos para la determinación de la temperatura mínima de inflamación en nube / 1.4 (ITC 04.1.01)

UNE 22.315/85 / Conductos y canalizaciones de ventilación. Conductividad eléctrica. Método de ensayo. Especificaciones / 9.3.2

UNE 22.505/86/1 / Locomotoras de acumuladores para minas con grisú. Parte 1. Cables unipolares flexibles aislados con EPR de tensión nominal hasta 750 VCC / 9.1 .1

UNE 22.505/86/2 / Locomotoras de acumuladores para minas con grisú. Parte 2. Cables multipolares flexibles aislados con EPR de tensión nominal hasta 750 VCC / 9.1.1

UNE 22.520/86 / Material eléctrico para minas. Cofre de tajo / 8.2.1

UNE 22.521/86 / Material eléctrico para minas. Cofres de tajo. Protección de cables flexibles / 8.2.1

UNE 22.560/90 / Cables eléctricos para interior de minas. Cables para telecomunicación / 9.1.1

UNE 22.561/90 / Cables eléctricos para interior de minas. Cables de señalización y de mando. 300/500 V / 9.1.1

UNE 22.580/90 / Instalaciones eléctricas en minas a cielo abierto y canteras. Campo de aplicación y definiciones / 9.1.1

UNE 22.585/89 / Cables eléctricos para minas a cielo abierto. Cables flexibles aislados con EPR. Parte 2. Cables de tensión nominal 1,8/3 KV hasta 18/30 KV / 9.1.1

UNE 22.586/89 / Cables eléctricos para minas a cielo abierto. Cables armados aislados con EPR para servicios semimóviles y semifijos de tensión nominal 6/10 KV hasta 18/30 KV / 9.1.1

UNE 22.587/89 / Cables eléctricos para minas a cielo abierto. Cables de tipo ligero para arrastre en servicios móviles. Tensión nominal 1,8/3 KV y 3,6/6 KV / 9.1.1

UNE 22.711/89 / Estemples hidráulicos. Calcúlos / 9.2.2

UNE 22.720/89 / Entibaciones audodesplazables. Parte 1. Generalidades / 9.2.2

UNE 31.001/91 / Prueba Trauzl. Ensayo de explosivos en bloque de plomo / 9.1.2

ISO 1.120/84 / Bandas transportadoras. Determinación de la resistencia mecánica del cosido con grapas. Método de ensayo estático / 8.2.2

Cuarto.-En el apartado 3, <Especificaciones técnicas>, se suprimen las siguientes:

Número / Denominación / Apartado a que se refiere en la ITC 12.0.01 o en otra

0006-1-85 / Amarres y suspensiones de cables para instalaciones de extracción en minas.

Parte 1 <Reglas de construcción y ensayos> / 8.2.2

0010-1-85 / Circulación vertical en pozos sin guionaje. Cabrestantes de hasta 60 kN de fuerza máxima / 9.2.4

0070-1-85 / Mangueras de aire comprimido y de carga neumática de explosivos. Conductividad eléctrica. Método de ensayo. Especificaciones / 9.1.2

0351-1-85 / Cargadoras de explosivos a granel. Reglas de seguridad / 9.1.2

0451-1-85 / Propiedades aislantes y antiestáticas del calzado para artilleros. Métodos de ensayo. Clasificación / 9.1.2

0540-1-85 / Comprobador de línea de pega / 9.1.2

0542-1-85 / Ohmetros comprobadores para pegas eléctricas / 9.1.2

0548-1-85 / Máquinas móviles para minas de interior. Reglas de seguridad para las máquinas móviles alimentadas por una red eléctrica trifásica / 8.2.1

1006-1-87 / Cables de extracción. Método de preparación de muestra para ensayo / 8.2.2

Quinto.-En el apartado 3, <Especificaciones técnicas>, se incorporan las siguientes:

Número / Denominación / Apartado a que se refiere en la ITC 12.0.01 o en otra

0014-1-92 / Cables para instalaciones mineras. Método de preparación de muestras para ensayos / 8.2.2

0070-2-92 / Mangueras de aire comprimido. Medida de la resistencia eléctrica. Método de ensayo y especificaciones / 9.3.2

0071-1-92 / Mangueras para carga neumática de explosivos. Medida de la resistencia eléctrica. Método de ensayo y especificaciones / 9.1.2

1301-1-92 / Aparatos para la detección y medida del metano / 8.2.3

1306-1-92 / Calibración de anemómetros / 10

1330-1-92 / Método de ensayo para la determinación de la temperatura mínima de ignición en capa / 1.4 (ITC 04. 1.01)

1335-1-92 / Método de ensayo para la determinación de la concentración mínima explosiva en el tubo de Hartman / 1.4 (ITC 04.1.01)

1336-1-92 / Explosividad de polvo de carbón. Método de ensayo para la determinación de la energía mínima de inflamación / 1.4 (ITC 04.1.01)

1337-1-92 / Explosividad de polvo de carbón. Método de ensayo para la determinación de la presión y la velocidad de aumento de presión en la bomba de Hartman / 1.4 (ITC 04.1.01)

1338-1-92 / Explosividad de polvo de carbón. Método para la determinación de la presión de explosivos y la velocidad de aumento de presión en la cámara esférica de 20 litros / 1.4 (ITC 04.1.01)

1340-1-92 / Explosividad de polvo de carbón. Método de ensayo para la determinación de la resistividad eléctrica de capas de polvo / 1.4 (ITC 04.1.01)

0351-2-92 / Cargadoras de explosivos a granel. Reglas de seguridad / 9.1.2

0451-2-92 / Propiedades aislantes y antiestáticas del calzado para artilleros / 9.1.2

0452-1-92 / Equipos de protección personal. Cascos de protección para mineros con portalámparas y sujetacables / 8.2.3

0462/2-1-92 / Aparatos de salvamento para minas. Filtros ligeros de CO para autosalvamento. Parte I. Reglas de construcción y ensayo / 9.2.3

0462/2-1-92 / Aparatos de salvamento en minería. Filtros ligeros de CO para autosalvamento. Parte 2. Reglas de utilización y control / 9.2.3

0510-1-92 / Cables eléctricos para interior de minas. Prescripciones generales / 9.1.1

0512-1-92 / Cables eléctricos para interior de minas. Cables flexibles armados aislados con EPR. Tensión nominal 0,6/1 KV a 3,6/6 KV. Tipo DM2N / 9.1.1

0513/1-1-92 / Cables eléctricos para interior de minas. Cables flexibles aislados con EPR.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/01/1994
  • Fecha de publicación: 04/02/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 48, de 25 de febrero de 1994 (Ref. BOE-A-1994-4252).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los apartados 2 a 6 de la Instrucción aprobada por Orden de 3 de febrero de 1986 (Ref. BOE-A-1986-3785).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2 de Real Decreto 863/1985, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1985-10836).
  • CITA:
Materias
  • Minas
  • Seguridad e higiene en el trabajo

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