Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 30, de 4 de febrero de 1994, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 3674. Capítulo 3, código 03.07, donde dice: «moluscos, incluso preparados», debe decir: «moluscos, incluso separados».
Página 3675. Capítulo 7, código 07.03, línea tercera, donde dice: «0703.10.11.0.1», debe decir: «0703.10.11.0.».
Página 3676. Capítulo 9, código 09.10, donde dice: «Jejibre», debe decir: «Jenjibre».
Página 3678. Capítulo 15, código 15.15, se sustituye por:
«1515.19.10.0.00.C
1515.21.10.0.00.I Uso industrial, no alimentación humana.
1515.29.10.0.00.A
1515.30.10.0.00.H Para fibras textiles o plástico.
1515.50.11.0.00.B
1515.50.91.0.00.E
1515.90.21.0.00.B Uso industrial, no alimentación humana.
1515.90.31.0.00.J
1515.90.40.
1515.90.60.».
Código 1516.20, columna Observaciones, donde dice: «SANIN (I)», debe decir: «SANIM (1)».
Página 3681. Capítulo 29, línea segunda, donde dice: «Acido cálico», debe decir: «Acido cólico».
Página 3682. Capítulo 33, código 3304, donde dice: «preparaciones ansolares», debe decir: «preparaciones antisolares».
Página 3683. Capítulo 35, columna Observaciones, donde dice: «ANIM», debe decir: «SANIM».
Capítulo 41, columna Observaciones, donde dice: «SANITIM», debe decir: «SANITIN».
Página 3684. Anexo II, línea 26, donde dice: «Barcelona ferrocarril Segregra», debe decir: «Barcelona ferrocarril Segrera».
En todas las columnas de observaciones, donde aparece «SANIM (I)», debe decir: «SANIM (1)».
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