El Consejo de Ministros, en su reunión del día 18 de febrero de 1994, aprobó el siguiente acuerdo: <Acuerdo del Consejo de Ministros sobre autorización de convocatorias de pruebas selectivas para 1994>.
A fin de favorecer su conocimiento y aplicación, se publica como anexo a esta Resolución.
Madrid, 25 de febrero de 1994.-El Secretario de Estado, Justo Zambrana Pineda.
ANEXO
La Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, define en su artículo 21.4 el marco al que habrán de referirse las incorporaciones de nuevos efectivos con carácter general para todo el personal al servicio del sector público, al disponer que las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal, cualquiera que sea su naturaleza, se limitarán a las que, excepcionalmente, se consideren inaplazables.
Ese principio general se concreta para los colectivos susceptibles de ser incluidos en la oferta de empleo público en la disposición transitoria quinta de la citada Ley, al establecer que el Gobierno podrá autorizar, excepcionalmente, a propuesta del Ministerio para las Administraciones Públicas, o, en su caso, de los Ministerios competentes en la materia, y con el informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, la convocatoria de aquellas plazas vacantes que se considere que puedan afectar al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
Se indica, asimismo, que aquella autorización podrá incluir, además, hasta el límite que el Gobierno establezca, puestos o plazas que estando presupuestariamente dotados e incluidos en las relaciones de puestos de trabajo, catálogos o plantillas aprobadas conforme a la normativa de aplicación en cada ámbito, se encuentran desempeñados interina o temporalmente.
Corresponde, por tanto, al Gobierno autorizar las convocatorias públicas en las que se den alguno de estos supuestos, considerándolas, en todo caso, excepciones al contexto global de restricción presupuestaria y congelación de plantillas en la Administración Pública.
Esta situación de limitación para la incorporación de personal externo impone el desarrollar mecanismos internos para una mejor asignación de recursos humanos e impulsar sistemas de planificación que permitan una mejor y más ajustada evaluación de las necesidades de personal y una mejor ordenación de los procesos de gestión en materia de acceso, movilidad y distribución de efectivos.
En base a estos planteamientos, el presente Acuerdo recoge la autorización para la convocatoria de plazas en un número limitado de sectores o áreas administrativas y establece, además, las previsiones del Gobierno relativas a la utilización de otras vías de cobertura de las necesidades adicionales de recursos humanos que eventualmente puedan presentarse durante el ejercicio, de acuerdo con los siguientes criterios:
Primero.-Personal docente e investigador. Respecto a este personal, la autorización de convocatorias de procesos selectivos continúa atendiendo las necesidades derivadas de la puesta en marcha de la Ley Orgánica del Sistema Educativo (LOGSE) y de la reforma del sistema educativo, así como a las relativas a la cobertura del incremento de la población escolar adolescente en proporción al descenso de la infantil.
En todo caso, la autorización para convocar 2.070 plazas de docentes y 56 de personal investigador, no habrá de suponer un incremento significativo global de efectivos, pues las incorporaciones derivadas de estas convocatorias se compensarán prácticamente en su totalidad con las bajas previstas en 1994 y las que se produzcan por promoción y por amortización de plazas ocupadas por personal interino.
Segundo.-INSERSO. La autorización de la convocatoria de 594 plazas en el área de Servicios Sociales responde a la necesaria dotación de personal para la apertura durante 1994 de nuevos centros residenciales para la tercera edad, para minusválidos físicos y psíquicos, centros de acogida a refugiados y hogares de la tercera edad, cuya inversión se inició en ejercicios anteriores y finaliza en el presente. Esta convocatoria va destinada, por tanto, a la atención de urgentes necesidades sociales y al cumplimiento de compromisos ya adquiridos respecto a la mejora en esta atención.
Tercero.-Instituciones Penitenciarias. La autorización de convocatorias en el área de Instituciones Penitenciarias recoge el número mínimo de plazas necesario (504) para la apertura de los nuevos centros previstos en 1994, y cuya inversión finaliza en este ejercicio, así como para realizar la cobertura imprescindible de las bajas que pudieran comprometer la política de remodelación de centros penitenciarios.
Por tanto, las plazas autorizadas responden básicamente a la finalidad de atender la presión que sufren los centros penitenciarios como consecuencia del constante incremento de la población interna y su aún excesivo número en cada uno de dichos centros.
Cuarto.-Correos y Telégrafos. La inclusión del organismo autónomo Correos y Telégrafos, dentro del ámbito de este Acuerdo, viene justificada por dar continuidad a la política desarrollada por este organismo de mejorar la composición en su estructura de personal y de estabilizar la plantilla estructural, sin incremento global de su número total de efectivos.
Las 1.930 plazas, cuya convocatoria se autoriza, van dirigidas al cumplimiento de estos objetivos y a la mayor dotación de personal técnico cualificado.
Quinto.-Personal técnico y directivo. El presente Acuerdo recoge también otras plazas de Cuerpos Superiores de la Administración (285), con la intención de mantener flujos de entrada abiertos en aquellos procesos selectivos que precisan continuidad en las convocatorias dada la complejidad y la duración de los mismos. Se trata, asimismo, de dar un cierto tratamiento estable y unitario a un colectivo que sirve de base al personal directivo de la Administración, que habrá de ser objeto de regulación y tratamiento específicos.
La convocatoria de plazas de personal técnico del grupo B (540) responde a la cobertura de necesidades inaplazables para el desarrollo de programas en el Ministerio de Economía y Hacienda, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.
Sexto.-Planificación de recursos humanos. En el ámbito de la Administración del Estado, no podrán convocarse más plazas de las autorizadas en este Acuerdo para ingreso de nuevo personal, funcionario o laboral.
El Ministerio para las Administraciones Públicas impulsará la implantación de sistemas de planificación de recursos humanos como medios ordinarios de análisis y previsión de necesidades de personal y de racionalización de la estructura, composición y distribución de las plantillas, desde una perspectiva integral de la política de personal. Los instrumentos de dicha planificación serán los planes de empleo desarrollados al amparo de lo establecido en la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y en su normativa de desarrollo.
En el marco de lo previsto en un plan de empleo, y de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, el Gobierno podrá autorizar convocatorias para la cobertura de puestos o plazas desempeñadas interina o temporalmente en aquellas áreas o sectores en los que la estructura del empleo y las necesidades de personal así lo aconsejen, sin que de estas convocatorias pueda derivarse aumento global de efectivos en el organismo afectado.
Por otro lado, el esfuerzo por la contención del gasto público y por la utilización eficiente de los recursos, impulsa hacia una mejor utilización de los recursos humanos existentes en los ámbitos y áreas de la Administración Pública. Ello aconseja, a su vez, favorecer las posibilidades existentes de procesos selectivos internos para cubrir necesidades de personal, de forma que, además, se atiendan expectativas profesionales de los funcionarios públicos sobre promoción, especialización o movilidad.
Con esta finalidad, el Gobierno podrá autorizar convocatorias específicas de promoción horizontal al amparo del artículo 22.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en relación con los criterios de cobertura de las necesidades de recursos humanos que determina el artículo 18 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
Séptimo.-Plazas para personas con minusvalía. Para las convocatorias de pruebas selectivas para 1994 autorizadas en este Acuerdo, y en lo que se refiere al acceso a la función pública de las personas con minusvalías, sigue estando en vigor lo establecido en el artículo sexto, del Real Decreto 265/1992, de 20 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1992.
Octavo.-Plazas ofertadas. El conjunto de las plazas de personal funcionario y laboral de la Administración General del Estado que autoriza a convocar el presente Acuerdo se recogen en el anexo único que figura a continuación.
De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, en relación con el artículo 21.4 de la misma Ley, a propuesta del Ministerio para las Administraciones Públicas, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, se autorizan las convocatorias de las pruebas selectivas correspondientes a las plazas que se relacionan en el anexo único.
ANEXO UNICO
Personal funcionario
GRUPO A
Cuerpos de la Administración del Estado
Carrera Diplomática: 15.
Estadísticos Facultativos: 15.
Facultativo de Sanidad Penitenciaria: 15.
Farmacéuticos de la Sanidad Nacional: 5.
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos: 40.
Ingenieros Aeronáuticos: 5.
Superior de Administradores Civiles del Estado: 30.
Superior de Inspectores de Finanzas del Estado: 60.
Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social: 20.
Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información: 15.
Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado: 10.
Técnico de Instituciones Penitenciarias: 15.
Escalas de Organismos Autónomos
Colaboradores Científicos del CSIC: 47.
Superior Postal y de Telecomunicación: 30.
Técnica de la Jefatura Central de Tráfico: 10.
Técnicos Facultativos del CEDEX: 5.
Titulados Superiores Especializados del CSIC: 6.
Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria y Energía: 20.
Total Estado y organismos autónomos: 363.
Cuerpos y Escalas de la Administración de la Seguridad Social
Cuerpo de Intervención y Contabilidad: 10.
Cuerpo de Letrados: 15.
Cuerpo Técnico: 10.
Total Administración Seguridad Social: 35.
Cuerpos Docentes
Profesores de Enseñanza Secundaria: 1.050.
Total docentes: 1.050.
Total grupo A: 1.448.
GRUPO B
Cuerpos de la Administración del Estado
ATS de Instituciones Penitenciarias: 10.
Gestión de la Hacienda Pública: 500.
Ingenieros Técnicos de Obras Públicas: 40.
Escalas de Organismos Autónomos
Titulados Técnicos Especializados del CSIC: 3.
Total Estado y organismos autónomos: 553.
Cuerpos Docentes
Maestros: 1.020.
Total docentes: 1.020.
Total grupo B: 1.573.
GRUPO C
Cuerpos de la Administración del Estado
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias: 464.
Escala masculina: 368.
Escala femenina: 96.
Total Estado y organismos autónomos: 464.
Total grupo C: 464.
GRUPO D
Escalas de Organismos Autónomos
Auxiliar Postal y de Telecomunicación: 1.500.
Total Estado y organismos autónomos: 1.500.
Total grupo D: 1.500.
Total personal funcionario: 4.985.
Personal laboral
Todas las categorías
1. Asuntos Sociales (INSERSO): 594.
2. Educación y Ciencia (Instituto Astrofísico de Canarias): 6.
3. Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente (Correos y Telégrafos): 400.
Total personal laboral: 1.000.
Total Administración del Estado: 5.985.
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