Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo nacional para las empresas organizadoras del juego del bingo (código de Convenio número 9901905), que fue suscrito con fecha 21 de febrero de 1994, de una parte, por C. E. J., en representación de las empresas del sector, y de otra, por USO, UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo acuerda:
Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 23 de marzo de 1994.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
Tabla salarial para 1993
(ya con el IPC al 4,9)
Pesetas
Artículo 32. Salario:
Salario anual 1.149.159
Salario mensual 76.611
Salario mensual con prorrata paga de junio 82.995
Artículo 36. Gratificación extraordinaria:
Gratificación extraordinaria 76.611
Artículo 37. Plus de transporte:
Anual 50.204
Mensual (once meses) 4.564
Personal de limpieza (día de trabajo) 67
Artículo 38. Quebranto de caja
Importe anual 17.385
Mensual (once meses) 1.581
Artículo 39. Horas extraordinarias:
Jefe de sala 1.279
Jefe de mesa 1.205
Cajero 1.138
Vendedor-Locutor 1.082
Auxiliar de sala 1.025
Admisión y control 1.082
Mantenimiento 901
Artículo 40. Prolongación de jornada:
Jefe de sala y mesa 3.325
Cajero 3.125
Resto del personal 2.671
Artículo 41. Plus de nocturnidad:
Mensual (doce meses) 7.780
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