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Documento BOE-A-1994-8979

Cuestión de inconstitucionalidad número 1.122/1994.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 1994, páginas 12329 a 12329 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1994-8979

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de abril actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.122/1994, planteada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Oviedo respecto de los artículos 33, 34, 35 y 36 de la Ley de 2 de diciembre de 1872, de creación del Banco Hipotecario de España, y de los artículos 10, 11, 12 y 13 del Estatuto Orgánico del Banco Hipotecario y de la Caja para el Fomento de la Pequeña Propiedad, aprobado por el Real Decreto-Ley 104/1928, de 4 de agosto, por poder ser contrarios al artículo 14 de la Constitución.

Madrid, 12 de abril de 1994.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 12/04/1994
  • Fecha de publicación: 21/04/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara que no ha lugar a pronunciamiento por desaparición sobrevenida de su objeto, por Sentencia 166/1994, de 26 de mayo (Ref. BOE-T-1994-14599).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • arts. 10 a 13 del Real Decreto-ley 1404/1928, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1928-7930).
    • arts. 33 a 36 de la Ley de Creación del Banco Hipotecario, de 2 de diciembre de 1872 (Ref. BOE-A-1872-9671).
Materias
  • Banco Hipotecario de España
  • Cuestiones de inconstitucionalidad

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