Vista la Resolución de esta Dirección General de Trabajo, de fecha 8 de marzo de 1995 por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio Colectivo de Tejas, Ladrillos y Piezas Especiales de Arcilla Cocida, número de código 9904935, publicación que se realizó en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de marzo de 1995;
Resultando que en la publicación oficial del texto del Convenio Colectivo de referencia, se ha observado un error en el número asignado al código de convenios, ya que se hizo constar el número 9904835, cuando el que le corresponde es el 9904935;
Considerando que esta Dirección General es competente para proceder a la rectificación de la Resolución de inscripción y registro del Convenio Colectivo que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 90.2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de general aplicación,
Esta Dirección General acuerda disponer la publicación de la corrección señalada en el «Boletín Oficial del Estado», en la Resolución correspondiente al Convenio Colectivo de Tejas, Ladrillos y Piezas Especiales de Arcilla Cocida, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de marzo de 1995.
Madrid, 10 de abril de 1995.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
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