Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-1791

Resolución de 17 de enero de 1995, de la Dirección General de Seguros, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, incapacidad permanente e incapacidad temporal que resultan de aplicar durante el año 1995 el sistema de valoración de daños personales en el Seguro de Responsabilidad Civil ocasionada por medio de vehículos de motor publicado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 5 de marzo de 1991.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 23 de enero de 1995, páginas 2133 a 2139 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-1791
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1995/01/17/(3)

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 5 de marzo de 1991, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 11, el Ministerio de Economía y Hacienda dio publicidad al «Sistema de valoración de los daños personales derivados de accidentes de circulación», recomendó su aplicación y utilización por las entidades aseguradoras, declarándolo, además, procedimiento idóneo para el cálculo de la provisión para siniestros pendientes de liquidación o de pago correspondiente al ramo del seguro de «Responsabilidad Civil: Vehículos terrestres automotores».

El citado «Sistema» incorpora un mecanismo de actualización, anual automática de los importes de las indemnizaciones de tal modo que éstas son el resultado de multiplicar el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento por un número determinado de mensualidades. Así, las tablas de indemnizaciones que fueron publicadas en anexo en el citado «Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 1991, están fundamentadas en el salario mínimo interprofesional fijado para dicho año 1991 y, por tanto, deben resultar de aplicación exclusivamente en dicho ejercicio.

El Real Decreto 2548/1994, de 29 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del 31), ha fijado el salario mínimo interprofesional mensual en 62.700 pesetas para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1995.

A la vista de todo lo anterior, y con el fin de facilitar la difusión y aplicación del «Sistema para la valoración de los daños personales derivados de accidentes de circulación», esta Dirección General ha acordado:

Dar publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte e incapacidades temporales y permanentes que resultan de aplicar durante el año 1995 el «Sistema para la valoración de los daños personales derivados de accidentes de circulación», a que se refiere la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 5 de marzo de 1991, mediante la publicación de dichas cuantías como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 17 de enero de 1995.-El Director general, Antonio Fernández Toraño.

(ANEXO OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/01/1995
  • Fecha de publicación: 23/01/1995
Referencias anteriores
Materias
  • Indemnizaciones
  • Responsabilidad Civil
  • Seguros de vehículos de motor
  • Vehículos de motor

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid