De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 6/1995, de 14 de julio, por el que se adoptan medidas extraordinarias, excepcionales y urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos como consecuencia de la persistencia de la sequía, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio de 1995.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de julio de 1995.-El Presidente del Congreso de los Diputados,
PONS IRAZAZABAL
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