Visto el expediente de indulto de don Manuel Quindimil Pedreira, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en sentencia de fecha 4 de abril de 1990, como autor de un delito de expendición de moneda falsa, a la pena de seis años y un día de prisión mayor y multa de 150.000 pesetas, y una falta continuada de estafa, a la pena de diez días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 29 de marzo de 1989, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 1994,
Vengo en conmutar a don Manuel Quindimil Pedreira las penas privativas de libertad impuestas, por otra de tres años de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 23 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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