El Tribunal Constitucional, por providencia de 31 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4.197/1994, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 16 de los de Barcelona, en relación con el artículo 12.1 de la Ley del Parlamento de Cataluña 7/1991, de 27 de abril, de regulación de la filiación, por poder contradecir los artículos 14, 24.1 y 39.2 de la Constitución.
Madrid, 31 de enero de 1995.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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