La Orden 124/1995, de 8 de septiembre, estableció la lista de los Registros Generales que, a los efectos de lo preceptuado por el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debían tener tal consideración en el ámbito del Ministerio de Defensa.
A la citada lista, es necesario añadir los organismos autónomos «Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo» y «Servicio Militar de Construcciones», que también precisan contar con un registro general.
En su virtud, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, dispongo:
Primero.-El apartado 5 del punto primero de la Orden 124/1995, de 8 de septiembre, por la que se regulan los Registros Generales existentes en el Ministerio de Defensa, queda ampliado y modificado en los términos siguientes:
«5.6. El Registro de Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo.
5.7. El Registro del Servicio Militar de Construcciones.
5.8. Los Registros de las Delegaciones Territoriales de dichos organismos autónomos.»
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de enero de 1996.
SUAREZ PERTIERRA
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