El Real Decreto 1650/1977, de 10 de junio, sobre Normativa de la Edificación, dispone que son normas básicas de la edificación (NBE), las que a partir de los fundamentos del conocimiento científico y tecnológico establecen las reglas necesarias para su correcta aplicación en el proyecto y ejecución de los edificios. Dado que estas normas tienen como finalidad fundamental la de defender la seguridad de las personas, establecer las restantes condiciones mínimas para atender las exigencias humanas y proteger la economía de la sociedad, las normas básicas de la edificación son normas de obligado cumplimiento para todos los proyectos y obras de edificación.
Hasta la fecha, la normativa de obligado cumplimiento relacionada con las estructuras de acero en la edificación ha estado formada por una serie dispersa de normas NBE MV aprobadas entre los años 1966 y 1982. Por ello, resulta aconsejable, para su más fácil manejo, la agrupación de todas esas normas en una sola norma básica de la edificación con estructura similar a la de otras normas básicas, a la vez que se introducen algunas modificaciones que resultan necesarias, particularmente, en relación con las referencias a normas UNE que a lo largo de estos años han sufrido revisiones y modificaciones, consecuencia, en algunos casos, de la incorporación de normas europeas. Esta agrupación constituye un paso previo al estudio y adaptación de esta norma al «Eurocódigo para las estructuras de acero», norma europea con carácter aún experimental, que habrá de realizarse con la participación de los sectores públicos y privados afectados.
Por todo ello, este Real Decreto tiene por objeto aprobar la Norma Básica de la Edificación NBE EA-95 «Estructuras de acero en edificación», en la que se refunden y ordenan en una sola norma básica de las normas básicas de la edificación (NBE) siguientes:
a) NBE MV 102-1975 «Acero laminado para estructuras de edificación».
b) NBE MV 103-1972 «Cálculo de estructuras de acero laminado en edificación».
c) NBE MV 104-1966 «Ejecución de las estructuras de acero laminado en la edificación».
d) NBE MV 105-1967 «Roblones de acero».
e) NBE MV 106-1968 «Tornillos ordinarios y calibrados, tuercas y arandelas de acero para estructuras de acero laminado».
f) NBE MV 107-1968 «Tornillos de alta resistencia y sus tuercas y arandelas».
g) NBE MV 108-1976 «Perfiles huecos de acero para estructuras de edificación».
h) NBE MV 109-1979 «Perfiles conformados de acero para estructuras de edificación».
i) NBE MV 110-1982 «Cálculo de las piezas de chapa conformada de acero en edificación», y
j) NBE MV 111-1980 «Placas y paneles de chapa conformada de acero para la edificación».
Finalmente, es de hacer constar que en la tramitación de este Real Decreto se ha cumplido el procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas establecido en la Directiva 83/189/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de marzo, y en el Real Decreto 1168/1995, de 7 de julio.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de noviembre de 1995,
D I S P O N G O :
Artículo único.
Se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE EA-95 «Estructuras de acero en edificación», que se incluye en el anejo a este Real Decreto.
Disposición transitoria única.
No será obligatoria la aplicación de la Norma Básica de la Edificación NBE EA-95 «Estructuras de acero en edificación» a aquellos edificios que a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto estén construyéndose, tengan concedida licencia de edificación, o sus proyectos estén ya aprobados por las Administraciones públicas competentes o visados por Colegios Profesionales.
Disposición derogatoria única.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria única, a la entrada en vigor de este Real Decreto quedarán derogadas las siguientes disposiciones:
a) Decreto 1851/1967, de 3 de junio, por el que se aprueba la Norma MV 104-1966 «Ejecución de las estructuras de acero laminado en edificación».
b) Decreto 685/1969, de 30 de enero, por el que se aprueban las Normas MV 105-1967 «Roblones de acero», MV 106-1968 «Tornillos ordinarios y calibrados, tuercas y arandelas de acero para estructuras de acero laminado» y MV 107-1968 «Tornillos de alta resistencia y sus tuercas y arandelas».
c) Decreto 1353/1973, de 12 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica MV 103-1973 «Cálculo de las estructuras de acero laminado en edificación».
d) Real Decreto 2899/1976, de 16 de septiembre, por el que se aprueba la Norma Básica MV 102-1975 «Acero laminado para estructuras de edificación».
e) Real Decreto 3253/1976, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Norma Básica MV 108-1976 «Perfiles huecos de acero para estructuras de edificación».
f) Real Decreto 3180/1979, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE MV 109-1979 «Perfiles conformados de acero para estructuras de edificación».
g) Real Decreto 2169/1981, de 22 de mayo, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE MV 111-1980 «Placas y paneles de chapa conformada de acero para la edificación».
h) Real Decreto 2048/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE MV 110-1982 «Cálculo de las piezas de chapa conformada de acero en edificación».
Igualmente, quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto.
Disposición final primera.
Se faculta al Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente para modificar, cuando proceda, las referencias a las normas UNE que figuran en el apéndice 1 de la Norma Básica de la Edificación NBE EA-95 «Estructuras de acero en edificación», aprobada por este Real Decreto.
Disposición final segunda.
Este Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 10 de noviembre de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente,
JOSE BORRELL FONTELLES
(NORMA BASICA OMITIDA)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid