Visto el contenido de la revisión salarial del I Convenio Colectivo de Colegios Mayores Universitarios (código de Convenio número 9909355), que fue suscrito con fecha 15 de abril de 1996, de una parte, por CECE, E. y G. y ACADE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales FETE-UGT, USO, FSIE y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo y Migraciones acuerda:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de mayo de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
Tablas salariales 1996 (14 pagas)
Salario / Trienio
Personal docente:
Director / 278.312 / 8.863
Subdirector / 245.843 / 8.863
Jefe de Estudios o Tutor / 221.306 / 8.143
Capellán, Médico Psicólogo / 187.154 / 5.569
Personal administrativo:
Jefe de Administración o Secretaria / 146.195 / 4.805
Intendente / 124.880 / 4.282
Jefe de Negociado / 123.421 / 4.116
Oficial / 117.748 / 4.069
Auxiliar administrativo / 103.060 / 4.069
Aprendiz / (1) /
Personal de Servicios Generales:
Conserje y Gobernante/a / 123.398 / 4.069
Jefe de Cocina y Oficial primera / 117.748 / 4.069
Cocinero / 112.234 / 4.069
Celador, Portero, Ordenanza, Oficial segunda y Ayudante Cocina / 107.645 / 4.069
Guarda o Sereno, Empleado de Mantenimiento o Jardinería, de Servicio de Comedor y Limpieza, Costura, Lavado y Plancha, personal no cualificado / 103.060 / 4.069
Pinche y Aprendiz / (1) /
(1) Los trabajadores con contrato de aprendizaje: Se estará a lo dispuesto en el artículo 29 del presente Convenio. Se entiende que el SMI es el de 1996 para mayores de dieciocho años: 64.920 pesetas.
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