Publicado el mencionado Plan de Estudios en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 10 de agosto de 1995, y en virtud del acuerdo de Junta de gobierno de esta Universidad de fecha 18 de abril de 1996,
Este Rectorado ha resuelto publicar la modificación del Plan de Estudios de Licenciado en Derecho, que se transcribe a continuación:
En la página 43, Cuadro de Convalidaciones con el Plan de 1991. Primer curso:
1. Donde dice:
Plan 91 / Plan 95 / Curso
«Teoría del Derecho Metodología Jurídica / 5 / 4,5 + / Teoría del Derecho + / 1.º
5 / Metodología Jurídica / 2.º»
Debe decir:
Plan 91 / Plan 95 / Curso
«Teoría del Derecho y Metodología Jurídica / 5 / 4 + / Teoría del Derecho + / 1.º
4,5 / Metodología Jurídica / 2.º»
2. Donde dice:
Plan 91 / Plan 95 / Curso
«Economía Política + Economía de la Empresa / 6 / 3,5 / Economía Política / 2.º»
Debe decir:
Plan 91 / Plan 95 / Curso
«Economía Política / 3 / 3,5 / Economía Política / 2.º
Economía de la Empresa / 3 / 3 / Libre Configuración ''Economía de la Empresa''»
En la página 44, Tercer Curso:
3. Donde dice:
Plan 91 / Plan 95 / Curso
«Practicum I+II de 2.º+III de 3.º / 28 / 2 + / Instrumentos jurídicos / 1.º
14 + / Practicum / 5.º
12 / Libre Configuración / 1.º+2.º»
Debe decir:
Plan 91 / Plan 95 / Curso
«Practicum I / 8 / 2 + / * Instrumentos Jurídicos + / 1.º
8 / Libre Configuración ''Practicum I'' (Plan 91)
Practicum II / 6 / 2 + / * Instrumentos Jurídicos + / 1.º
6 / Libre Configuración ''Practicum II'' (Plan 91)
Practicum III / 14 / 2 + / * Instrumentos Jurídicos + / 1.º
14 / Practicum / 5.º»
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* La asignatura Instrumentos Jurídicos es convalidable por cualquiera de los Practicum del Plan de 1991.
4. Donde dice: «Los alumnos que hayan superado las asignaturas de Derecho Civil Patrimonial, Derecho Civil Contractual y Derecho de Daños, tendrán convalidadas las asignaturas obligatorias: Teoría del Negocio Jurídico y las Troncales Derecho Civil Patrimonial I y Derecho Civil Patrimonial II. Los alumnos que sólo tengan alguna de estas asignaturas tendrán convalidada únicamente la parte equivalente dentro de las nuevas asignaturas».
Debe decir:
«Derecho Civil Patrimonial (8 cr.) + / Por / Teoría del Negocio Jurídico (9 cr.) + / 2.º
Derecho Civil Contractual (4 cr.) + / Derecho Civil Patrimonial I (5 cr.) + / 3.º
Derecho de Daños (4 cr.) / Derecho Civil Patrimonial II (5 cr.) / 3.º
Derecho Civil Patrimonial (8 cr.) + / Por / Teoría del Negocio Jurídico (9 cr.) / 2.º
Derecho Civil Contractual (4 cr.) / Derecho Civil Patrimonial II (5 cr.) / 3.º
Derecho Civil Contractual (4 cr.) + / Por / Derecho Civil Patrimonial I (5 cr.) / 3.º
Derecho de Daños (4 cr.)
Derecho Civil Patrimonial (8 cr.) / Por / Derecho Civil Patrimonial II (5 cr.) / 3.º
Derecho Civil II del Plan 1953 (4.º curso) / Por / Derecho Civil Patrimonial II (5 cr.) / 3.º»
Los alumnos que sólo tengan una de estas asignaturas aprobadas tendrán convalidada únicamente el equivalente dentro de las nuevas asignaturas del Plan de 1995.
Oviedo, 15 de mayo de 1996.-El Rector, Santiago Gascón Muñoz.
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