El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente desde el 1 de julio de 1996 por Resolución de 6 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 12). Habiéndose producido desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Primero.-Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A.
Segundo.-Incluir como anexo B los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de agosto de 1996.
Tercero.-Actualizar la relación de códigos adicionales según los contenidos en el anexo C.
Cuarto.-Incluir como anexo D los códigos adicionales que se suprimen a partir del 1 de agosto de 1996.
Quinto.-La presente actualización será aplicable desde el 1 de agosto de 1996.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de julio de 1996.-El Director del Departamento, Joaquín de la Llave de Larra.
(ANEXOS OMITIDOS)
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