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Documento BOE-A-1996-20390

Real Decreto 1902/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 9 de septiembre de 1996, páginas 27303 a 27307 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-20390
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1996/08/02/1902

TEXTO ORIGINAL

La Constitución Española reserva al Estado, en el artículo 149.1.7.ª, la competencia exclusiva en materia laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía para Cantabria, aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, y reformado por Ley Orgánica 2/1994, de 24 de marzo, atribuye en su artículo 24.12 a la Diputación Regional de Cantabria, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en materia laboral.

El Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía para Cantabria, esta Comisión adoptó, en su reunión del día 24 de julio de 1996, el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía para Cantabria, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de agosto de 1996,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía para Cantabria, por el que se concretan las funciones y servicios de la Administración del Estado que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión del día 24 de julio de 1996, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.

Artículo 2.

En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria las funciones y servicios, así como los bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios que se relacionan en el referido Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos allí especificados.

Artículo 3.

Los traspasos a que se refiere este Real Decreto tendrán efectividad a partir del día señalado en el Acuerdo de la mencionada Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales produzca, hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de lo servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo.

Artículo 4.

Los créditos presupuestarios que se determinen, de conformidad con la relación número 3 del anexo, serán dados de baja en los correspondientes conceptos presupuestarios y transferidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a los conceptos habilitados en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, destinados a financiar el coste de los servicios asumidos por las Comunidades Autónomas, una vez se remitan al Departamento citado, por parte de la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, los respectivos certificados de retención de crédito, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente sobre Presupuestos Generales del Estado para 1996.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a 2 de agosto de 1996.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

MARIANO RAJOY BREY

ANEXO

Doña Pilar Andrés Vitoria y don José María Molero Hernández, en funciones, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía para Cantabria,

CERTIFICAN

Que en la sesión plenaria de la Comisión Mixta celebrada el día 24 de julio de 1996 se adoptó un Acuerdo sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Cantabria de las funciones y servicios de la Administración del Estado, en materia de Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en los términos que a continuación se expresan:

A) Referencia a normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara el traspaso.

El artículo 149.1.7.ª de la Constitución atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía para Cantabria aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, y reformado por Ley Orgánica 2/1994, de 24 de marzo, establece en su artículo 24.12 que corresponde a la Diputación Regional de Cantabria, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en materia laboral.

Finalmente, la disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía para Cantabria y el Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo, regulan la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias.

Sobre la base de estas previsiones constitucionales y estatutarias, procede efectuar el traspaso de funciones y servicios, así como de los medios adscritos a los mismos, de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

B) Funciones del Estado que asume la Comunidad Autónoma e identificación de los servicios que se traspasan.

La Comunidad Autónoma de Cantabria ejercerá dentro de su ámbito territorial las funciones y servicios que, en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, venía realizando la Administración del Estado, por medio de los Gabinetes Técnicos Provinciales de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

C) Servicios y funciones que continuarán correspondiendo a la Administración del Estado.

Seguirán siendo ejercidas por los órganos correspondientes de la Administración del Estado las siguientes funciones:

1. La alta inspección.

2. La estadística para fines estatales.

3. Las funciones atribuidas al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo por el Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, que no son objeto de traspaso.

D) Funciones concurrentes y compartidas entre la Administración del Estado y la de la Comunidad Autónoma y formas institucionales de cooperación.

Se desarrollarán coordinadamente entre la Administración del Estado y la de la Comunidad, de conformidad con los mecanismos que en cada caso se señalan, las siguientes funciones:

a) El Instituto, a través de los Centros Nacionales de Condiciones de Trabajo de Barcelona, de Nuevas Tecnologías de Madrid, de Medios de Protección de Sevilla y de Verificación de Maquinaria de Baracaldo, prestará a la Comunidad Autónoma el apoyo técnico necesario para el ejercicio de las funciones del Gabinete Provincial que se traspasa.

b) La Comunidad Autónoma facilitará a la Administración del Estado información estadística sobre el ejercicio de las funciones transferidas, siguiendo la metodología existente o la que, en su caso, la Administración del Estado establezca, de forma que quede garantizada su coordinación e integración con el resto de la información estadística de ámbito estatal. Por su parte, la Administración del Estado facilitará a la Comunidad Autónoma la información elaborada sobre las mismas materias.

E) Bienes, derechos y obligaciones del Estado que se traspasan.

1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Cantabria los bienes, derechos y obligaciones del Gabinete Técnico Provincial del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo que corresponden a los servicios transferidos.

2. Se adscriben a la Comunidad Autónoma de Cantabria los bienes patrimoniales afectados al Gabinete Técnico Provincial del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo que se recogen en el inventario detallado de la relación adjunta número 2.

Esta adscripción se entiende sin perjuicio de la unidad del patrimonio de la Seguridad Social, distinto del del Estado y afecto al cumplimiento de sus fines específicos, cuya titularidad corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Las nuevas adscripciones de bienes a la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como el cambio de destino de los ya adscritos y la retrocesión de los mismos, en su caso, a la Seguridad Social se ajustarán al procedimiento que por convenio se establezca, de acuerdo con la legislación básica del Estado.

En tanto no se formalice el citado convenio, las nuevas adscripciones de inmuebles, autorizadas por el Consejo de Ministros, no precisarán de formalición mediante acuerdo específico del Pleno de la Comisión Mixta. Será suficiente, para su efectividad, la firma por los representantes autorizados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Comunidad Autónoma, de la correspondiente acta de puesta a disposición, de la que se remitirá un ejemplar, para su constancia, custodia y archivo, a la Secretaría de la Comisión Mixta.

3. En el plazo de un mes desde la efectividad de este Acuerdo por el Gobierno se firmarán las correspondientes actas de entrega y recepción de mobiliario, equipo y material inventariable.

F) Personal adscrito a los servicios e instituciones que se traspasan.

El personal adscrito a los servicios traspasados, y que se referencia nominalmente en la relación adjunta número 1, pasará a depender de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos legalmente previstos en las mismas circunstancias que se especifican en la relación adjunta y con su número de registro de personal.

Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se notificará a los interesados el traspaso y su nueva situación administrativa, tan pronto el Gobierno apruebe el presente Acuerdo por Real Decreto. Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria una copia certificada de todos los expedientes de este personal traspasado, así como de los certificados de haberes, referidos a las cantidades devengadas por los mismos, procediéndose por la Administración del Estado a modificar las plantillas orgánicas y presupuestarias en función de los traspasos operados.

G) Valoración definitiva de las cargas financieras de los servicios traspasados.

1. La valoración definitiva del coste efectivo que, en pesetas de 1990, corresponde a los medios adscritos a las funciones traspasadas a la Comunidad Autónoma de Cantabria, se eleva a 207.978.621 pesetas.

2. La financiación, en pesetas de 1996, que corresponde al coste efectivo anual del traspaso de medios, se detalla en la relación número 3.

3. El coste efectivo que figura detallado en los cuadros de valoración de la relación número 3 se financiará de la siguiente manera:

Transitoriamente, hasta que el coste efectivo se compute para revisar el porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado, el coste total se financiará mediante la consolidación, en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes de dicho coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos.

Las posibles diferencias que se produzcan durante el período transitorio, a que se refiere el párrafo anterior, respecto de la financiación de las funciones transferidas, serán objeto de regularización, en su caso, al cierre del ejercicio económico mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda.

H) Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan.

La entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados se realizará en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto por el que se apruebe este Acuerdo y se llevará a efecto mediante el oportuno acta de entrega y recepción, autorizada por las autoridades competentes en cada caso.

Los expedientes presentados en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con anterioridad a la fecha de efectividad del presente Acuerdo serán resueltos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico.

I) Fecha de efectividad del traspaso.

El traspaso de funciones y servicios, objeto de este Acuerdo, tendrá efectividad a partir del día 1 de octubre de 1996.

No obstante, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales continuará gestionando los créditos presupuestarios hasta el 31 de diciembre de 1996.

Y para que conste, expedimos la presente certificación en Madrid a 24 de julio de 1996.-Los Secretarios de la Comisión Mixta, Pilar Andrés Vitoria y José María Molero Hernández.

RELACIÓN NÚMERO 1

Relación de personal funcionario que se transfiere a la Comunidad Autónoma de Cantabria

Retribuciones 1996

1.1 Cantabria

Básicas

-

Pesetas / Complem.

-

Pesetas / Tot. anual

-

Pesetas / Apellidos y nombre / Cuerpo/escala perten. / NRP / Situac. / Puesto de trabajo / Gru. / Niv. / Gra. / Jor.

Aldaco Revilla, José Santiago. / C. Gral. Aux. Admón. Estado. / 1002449668A1146 / Activo / Jefe Negoc. N14. / D / 14 / / C / 1.166.634 / 571.632 / 1.738.266

Amarante Martínez, Manuel. / Subaltern .OO.AA. / 1362821346A6039 / Activo / Subalterno N8. / E / 8 / / C / 1.177.218 / 385.932 / 1.563.150

Arroyo Esteban, José M. / Titul. Medios INSHT. / 1367313613A6315 / Activo / Tecnico. Prev. N22. / B / 22 / / C / 2.264.192 / 1.260.216 / 3.524.408

Balzategui Maiztegui, Ana M. / Titul. Medios INSHT. / 7256241635A6315 / Activo / Técnico Prev. N22. / B / 22 / / C / 2.329.572 / 1.260.216 / 3.589.788

Bascunana Pérez, M. Jesús. / Aux. OO.AA. / 1369195546A6032 / Dest.

provis. / Jefe Negoc. N14. / D / 14 / / C / 1.166.634 / 571.632 / 1.738.266

Bayo Díez, Paloma. / Titul. Medios INSHT. / 1783850602A6315 / Activo / Técnico Prev. N22. / B / 22 / / C / 2.329.572 / 1.260.216 / 3.589.788

Blasco Mayor, Antonio. / Titul. Super. INSHT. / 0206281124A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / / C / 2.635.234 / 1.575.288 / 4.210.522

Brenosa Álvarez de Miranda, A. / Titul. Med. INSHT. / 1367790202A6315 / Activo / Técnico. Prev. N22. / B / 22 / / C / 2.310.892 / 1.260.216 / 3.571.108

Cagigas Colsa, María Carmen. / Aux. OO.AA. / 1369583124A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 571.632 / 1.902.066

Calvo Sáez, J. Antonio. / Titul. Med. INSHT. / 1365387657A6315 / Activo / Técnico Prev. N22. / B / 22 / / C / 2.264.192 / 1.260.216 / 3.524.408

Cantera López, Fco. Javier. / Titul. Sup. INSHT. / 1365099257A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / / C / 2.759.022 / 1.575.288 / 4.334.310

Celorio Díaz, Blanca. / Aux. OO.AA. / 1370292924A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 571.632 / 1.902.066

Crespo Laso, Fernando. / Aux. OO.AA. / 1368216946A6032 / Activo / Laborante. / D

A.A. / 16 / / C / 1.330.434 / 763.404 / 2.093.838

Curto Gómez, M. Luisa. / Titul. Sup. INSHT. / 1468357213A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / / C / 2.700.642 / 1.575.288 / 4.275.930

Díez Mate, M. Carmen. / Aux. OO.AA. / 1368393124A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 626.592 / 1.957.026

Escalada López, M. del Carmen. / Titul. Med. INSHT. / 5081327968A6315 / Activo / Téc. Prev. N22. / B / 22 / / C / 1.944.304 / 1.260.216 / 3.204.520

Fernández Arche, María Luz. / Aux. OO.AA. / 1370120357A6032 / Activo / Aux. Informát. N12. / D / 12 / / C / 1.330.434 / 614.832 / 1.945.266

Fernández Fernández, Ángel. / Aux. OO.AA. / 1369071535A6032 / Activo / Laborante. / D

A.A. / 16 / / C / 1.330.434 / 763.404 / 2.093.838

Fernández Fernández, Íñigo. / Titul. Sup. INSHT. / 1371859746A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / / C / 2.291.982 / 1.575.288 / 3.867.270

Fernández Fuentes, M. Ángel. / Titul. Sup. INSHT. / 1365038835A6305 / Activo / Jefe Equip. Téc. GTP. / A / 25 / / C / 2.776.536 / 1.772.352 / 4.548.888

Fernández Puente, Cristina. / Aux. OO.AA. / 1368450413A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 571.632 / 1.902.066

Francés Pérez, M. Isabel. / Telef. OO.AA. Min. Trab. y SS / 1368217902A6339 / Activo / Subalterno N9. / E / 9 / / C / 1.177.218 / 433.560 / 1.610.778

García Velasco, M. Concepción. / Aux. OO.AA. / 1369150268A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 571.632 / 1.902.066

Garrido Martínez, Manuel. / Titul. Sup. INSHT. / 1364548835A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / / C / 2.759.022 / 1.575.288 / 4.334.310

Gómez Arroyo, M. Dolores. / Aux. OO.AA. / 1387883002A6032 / Activo / Habilitado N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 841.044 / 2.171.478

Gómez Ganzo, María Concepción. / Aux. OO.AA. / 1372357813A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 626.592 / 1.957.026

Gómez-Inguanzo Arenal, Pilar. / Subalt. OO.AA. / 1347972502A6039 / Activo / Subalterno N8. / E / 8 / / C / 1.177.218 / 385.932 / 1.563.150

González Gómez, M. Jesús. / Aux. OO.AA. / 1368892668A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

González González, Alfredo. / Aux. OO.AA. / 3964373702A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.337.454 / 571.632 / 1.909.086

González Nieto, Jesús Emilio. / Aux. OO.AA. / 1368102035A6032 / Activo / Laborante. / D

A.A. / 16 / / C / 1.330.434 / 763.404 / 2.093.838

Guerra Rubio, Aquilino. / Titul. Med. INSHT. / 1388261924A6315 / Activo / Técnico Prev. N22. / B / 22 / / C / 2.264.192 / 1.260.216 / 3.524.408

Gutiérrez Fuente, Rosa María. / Aux. OO.AA. / 1368817913A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / / C / 1.330.434 / 626.592 / 1.957.026

Gutiérrez Sánchez, Ángel Luis. / Aux. OO.AA. / 1386878246A6032 / Activo / Laborante. / D

A.A. / 16 / / C / 1.330.434 / 763.404 / 2.093.838

Gutiérrez Segura, Gabriel. / Subalterna OO.AA. / 1362944324A6039 / Activo / Subalterno N8. / E / 8 / C / 1.177.218 / 385.932 / 1.563.150

Hazas Fosscul, Mercedes. / Auxiliar OO.AA. / 1369856346A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / C / 1.330.434 / 571.632 / 1.902.066

Herra Trueba, César. / Titul. Med. INSHT. / 1364738313A6315 / Activo / Téc. Prev. N22. / B / 22 / C / 2.264.192 / 1.260.216 / 3.524.408

López Rodríguez, Manuel. / Subalterna OO.AA. / 1388015157A6039 / Activo / Subalterno N8. / E / 8 / C / 1.177.218 / 385.932 / 1.563.150

Lozano Lozano, M. Teresa. / Titul. Med. INSHT. / 1511123346A6315 / Activo. / Téc. de Prev. N22. / B / 22 / C / 2.460.332 / 1.260.216 / 3.720.548

Marcos Martínez, Ana. / Auxiliar OO.AA. / 0619971213A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / C / 1.330.434 / 571.632 / 1.902.066

Martínez Pedraja, M. Soledad. / Titul. Med. INSHT. / 1363806502A6315 / Activo. / Téc. Prev. N22. / B / 22 / C / 2.394.952 / 1.260.216 / 3.655.168

Mazarrasa Mowinckel, Felipe O. / Titul. Sup. INSHT. / 1368547346A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / C / 2.700.642 / 1.575.288 / 4.275.930

Moreno Eleta, Gema. / Auxiliar OO.AA. / 1368380268A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

Núñez-Polo Puyuelo, Miguel. / Admtvo. OO. AA. / 1365930857A6025 / Activo / Jefe Neg. N14. / C / 14 / C / 1.690.136 / 626.592 / 2.316.728

Obregón Cagigas, Pedro. / Titul. Sup. INSHT. / 1367198668A6305 / Activo / Dtor. GTP Cantabria. / A / 27 / C / 2.776.536 / 3.332.675 / 6.109.211

Pascual Adrián, M. Pilar. / Auxiliar OO.AA. / 1366137024A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

Peña Alvear, Luis. / Titul. Sup. INSHT. / 1351418824A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / C / 2.782.374 / 1.575.288 / 4.357.662

Peña Berrazueta, Fco. J. / Titul. Med. INSHT. / 1367091124A6315 / Activo / Téc. Prev. N22. / B / 22 / C / 2.264.192 / 1.260.216 / 3.524.408

Pérez Torio, Patrocinio. / Titul. Sup. INSHT. / 3234152824A6305 / Activo / Jefe Equipo Téc. GTP. / A / 25 / C / 2.700.642 / 1.772.352 / 4.472.994

Pinilla San Miguel, José Ramón. / Auxiliar OO.AA. / 1369570635A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / C / 1.297.674 / 571.632 / 1.869.306

Poo Puig, Raúl. / Titul. Med. INSHT. / 1367200435A6315 / Activo / Téc. Prev. N22. / B / 22 / C / 2.264.192 / 1.260.216 / 3.524.408

Puente Bel, Juan. / Subalterna OO.AA. / 1360841746A6039 / Comis.

Serv. / Conductor. / E / 10 / C / 1.177.218 / 656.760 / 1.833.978

Rioyo Urquijo, José. / Titul. Med. INSHT. / 1363031713A6315 / Activo / Téc. Prev. N22. / B / 22 / C / 2.264.192 / 1.260.216 / 3.524.408

Rodríguez Pacheco, Juan M. / Auxiliar OO.AA. / 1366997435A6032 / Activo / Laborante. / D

AA / 16 / C / 1.363.194 / 763.404 / 2.126.598

Sainz de la Maza Castillo, P. / Titul. Med. INSHT. / 1075511502A6315 / Activo / Téc. Prev. N22. / B / 22 / C / 2.310.892 / 1.260.216 / 3.571.108

Salcines Marín, Rosa María. / Auxiliar OO.AA. / 1370506168A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

Sánchez Palacios. M. Carmen. / Auxiliar OO.AA. / 1366170257A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

Sandoval Gutiérrez, Gloria I. / Auxiliar OO.AA. / 1370933313A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

Santos Trueba, María Luz. / Auxiliar OO.AA. / 1369643802A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

Sanz Santa Cruz, M. de los Ángeles. / Titul. Sup. INSHT. / 1265372502A6305 / Activo / Téc. Sup. Prev. N24. / A / 24 / C / 2.618.882 / 1.575.288 / 4.194.170

Silva Alonso, José Vicente. / Titul. Sup. INSHT. / 5156282713A6305 / Activo / Jefe Equipo Téc. GTP. / A / 25 / C / 2.782.374 / 1.772.352 / 4.554.726

Solar García, Ángel. / Admtvo. OO.AA. / 1365929824A6025 / Comis.

Serv. / Jefe Negociado N16. / C / 16 / C / 1.690.136 / 727.656 / 2.417.792

Tomás Gómez, María Teresa. / Auxiliar OO.AA. / 1368773813A6032 / Activo / Aux. Téc. Lab. N12. / D / 12 / C / 1.330.434 / 579.084 / 1.909.518

Villalobos Ramírez, Ana María. / Auxiliar OO.AA. / 2483868913A6032 / Activo / Jefe Neg. N14. / D / 14 / C / 1.330.434 / 571.632 / 1.902.066

Una vacante. / Laborante. / D

AA / 16 / 1.101.110 / 763.404 / 1.864.514

Una vacante. / Aux. Tec. Lab. / D / 12 / 1.101.110 / 579.084 / 1.680.194

Total de la provincia: Cantabria / 115.121.554 / 62.299.139 / 177.420.693

Total de la Autonomía: Cantabria / 115.121.554 / 62.299.139 / 177.420.693

Base de contingencias comunes / 173.016.880

Base Formación Profesional / 173.016.880 RELACIÓN NÚMERO 2

Bienes inmuebles que se traspasan

Nombre / Dirección / Título / Extensión

Avda. del Faro, 15. 39012 Cantabria. / Cedido por Tesorería General de la Seguridad Social.

RELACIÓN NÚMERO 3

Valoración del coste efectivo de los servicios

traspasados INSHT (Pesetas 1996)

Programa 315 A: Administración de las relaciones laborales y condiciones de trabajo.

Sección 19: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Organismo 104: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Capítulo VI / 247.602.406

Capítulo rII / 49.709.117

Capítulo VI / 5.879.711

Total coste efectivo / 303.191.234

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 02/08/1996
  • Fecha de publicación: 09/09/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 10/09/1996
  • Efectividad del traspaso desde el 1 de octubre de 1996.
Referencias anteriores
Materias
  • Cantabria
  • Comunidades Autónomas
  • Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
  • Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
  • Relaciones de Puestos de Trabajo

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