Establecida la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales por el Real Decreto 1888/1996, de 2 de agosto, procede actualizar la delegación de atribuciones aprobada por Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 27), adecuándola a la nueva organización establecida.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Artículo único.
La Orden de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, queda modificada en los siguientes términos:
Primero.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Patrimonio y Obras, contenida en el artículo 13, se entenderá realizada en el Subdirector general del Patrimonio Adscrito y de Control de las Edificaciones.
Segundo.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Gestión de Personal, contenida en el artículo 16, se entenderá realizada en el Subdirector general de Recursos Humanos.
Tercero.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos de Organismos Autónomos, contenida en el artículo 17, y la efectuada en el Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos de la Seguridad Social, contenida en el artículo 18, se entenderán realizadas en el Subdirector general de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social.
Cuarto.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Estadística, contenida en el artículo 20, se entenderá realizada en el Subdirector general de Estadísticas Sociales y Laborales.
Quinto.-La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de septiembre de 1996.
ARENAS BOCANEGRA
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