Producida omisión en la Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 79, de fecha 3 de abril de 1995, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el anexo 3, en la organización del plan de estudio, deberá incluirse el siguiente cuadro:
5. Secuencias e incompatibilidad de las asignaturas.
Asignaturas previas / Asignaturas posteriores
Función del Cuerpo Humano / Afecciones Médicas.
Afecciones Quirúrgicas.
Farmacología I.
Enfermería Maternal.
Enfermería Infantil.
Enfermería Geriátrica.
Fisioterapia Básica.
Anatomía Humana / Afecciones Médicas.
Afecciones Quirúrgicas.
Enfermería Maternal.
Enfermería Infantil.
Farmacología I.
Enfermería Geriátrica.
Fisioterapia Básica.
Enfermería Fundamental / Enfermería Maternal.
Enfermería Infantil.
Enfermería Geriátrica.
Enfermería Psicosocial / Enfermería Psiquiátrica y de Salud Mental.
Asistencia y Prevención de las Toxicomanías.
Salud Pública / Enfermería Comunitaria.
Farmacología I / Farmacología II.
Afecciones Médicas / Enfermería Médica.
Enfermería Quirúrgica.
Enfermería Geriátrica.
Afecciones Quirúrgicas / Enfermería Quirúrgica.
Enfermería Geriátrica.
Bioestadística y Demografía Aplicada / Salud Pública.
Metodología de la Investigación en Ciencias de la Salud.
Cádiz, 30 de agosto de 1996.-El Rector, Guillermo Martínez Massanet.
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