El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión del día 23 de octubre de 1996, adoptó el siguiente acuerdo:
Delegar en el Presidente y Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que podrán ejercerla de modo indistinto, la facultad prevista en el artículo 3 del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de operaciones bursátiles, para autorizar la reversión de la forma de representación de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta a títulos.
Madrid, 23 de octubre de 1996.-El Presidente, Juan Fernández-Armesto Fernández-España.
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