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Documento BOE-A-1996-8133

Orden de 29 de marzo de 1996 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 12 de abril de 1996, páginas 13388 a 13389 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-8133
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1996/03/29/(4)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, incorporó al derecho interno español la Directiva 86/662/CEE, relativa a la limitación de las emisiones sonoras de las palas hidráulicas, de las palas de cables, de las topadoras frontales, de las cargadoras y de las palas cargadoras.

Posteriormente, la adaptación al progreso técnico de la citada Directiva Comunitaria dio lugar a la publicación de la Directiva 89/514/CEE, de 2 de agosto de 1989, incorporada a nuestro ordenamiento jurídico mediante la Orden de 17 de noviembre de 1989.

La Directiva 95/27/CEE, de 29 de junio de 1995, publicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» el 18 de julio de 1995, ha modificado, una vez más, la citada Directiva 86/662/CEE estableciendo, entre otras, las nuevas exigencias que deberán tener en consideración los organismos autorizados, en lo que a nivel de potencia sonora admisible se refiere, a la hora de expedir el certificado de examen CEE de tipo de las máquinas reguladas por la citada Directiva 86/662/CEE.

En su virtud, al amparo de las facultades conferidas en la disposición final del Real Decreto 245/1989, de 29 de febrero, dispongo:

Unico.-El anexo I del Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra, se completa con el siguiente apartado:

«20. Directiva 95/27/CEE, de 29 de junio de 1995, por la que se modifica la Directiva 86/662/CEE relativa a la limitación de las emisiones sonoras de las palas hidráulicas, de las palas de cables, de las topadoras frontales, de las cargadoras y de las palas cargadoras.»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 29 de marzo de 1996.

EGUIAGARAY UCELAY

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/03/1996
  • Fecha de publicación: 12/04/1996
Referencias anteriores
Materias
  • Comercio
  • Construcciones
  • Importaciones
  • Laboratorios
  • Maquinaria
  • Medio ambiente
  • Normalización
  • Obras

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