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Documento BOE-A-1997-11808

Resolución de 12 de mayo de 1997, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acuerdo de adhesión de la empresa «Radio Sabinal, Sociedad Anónima», al Convenio Colectivo del Grupo Unión Radio.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 1997, páginas 16919 a 16919 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-11808
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/05/12/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo de adhesión de la empresa «Radio Sabinal, Sociedad Anónima», al Convenio Colectivo del Grupo Unión Radio (código de convenio número 9010892)), que fue suscrito con fecha 19 de febrero de 1997, de una parte, por el designado por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por el representante de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92, aparta do 1, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado acuerdo de adhesión al Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de mayo de 1997.-La Director general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO DE ADHESIÓN DE LA EMPRESA «RADIO SABINAL, SOCIEDAD ANÓNIMA», AL CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO UNIÓN RADIO

En Almería, a 19 de febrero de 1997, reunidos, de una parte, don Modesto Rubio Pérez en representación de «Radio Sabinal, Sociedad Anónima», en su calidad de Gerente de la sociedad, y de otra, don Óscar Cabot Barrilado en representación de los trabajadores de la citada sociedad, en su calidad de Delegado de Personal, acuerdan:

Adherirse en su totalidad y sin condicionamiento alguno al Convenio Colectivo de Trabajo del Grupo Unión Radio vigente desde el 1 de enero de 1997, para los años que éste implique, en todos sus contenidos y cláusulas, tanto económicas como de otra índole, quedando así vinculadas ambas partes por lo estipulado en dicho Convenio.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede firma el presente documento en lugar y fecha arriba indicado.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/05/1997
  • Fecha de publicación: 02/06/1997
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 7 de abril de 1997 (Ref. BOE-A-1997-9825).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Radiodifusión

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