De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.1.1 del Reglamento de Normalización Militar y en los apartados 1.53, 4.21 y 4.24 del Manual de Normalización Militar, aprobados por Orden del Ministerio de Defensa 40/1989, de 26 de abril, y Orden de la Presidencia del Gobierno, de 28 de julio de 1967 («Boletín Oficial del Estado» números 106 y 203), respectivamente, dispongo:
Primero.-Se aprueban las normas militares siguientes:
1. Conjuntas EMAG: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, Armada, Ejército del Aire y la Guardia Civil:
NM-I-125 EMAG (2.aR). Inspección y recepción por atributos. Procedimientos y tablas.
NM-T-299 EMAG (3.aR). Tratamiento antipolilla y antidermestida en textiles. Condiciones generales.
NM-C-449 EMAG (2.aR). Cama litera en acuartelamiento.
NM-M-2112 EMAG (1.aR). Monitor de radiación gamma para vehículos terrestres de las Fuerzas Armadas. Características técnicas.
NM-D-2166 EMAG (2.aR). Dureza de latón C-6130 (Cu Zn 30). Tablas conversión.
NM-S-2476 H3 EMAG (1.aR). Seguridad pirotécnica. Clasificación de las municiones en relación con su almacenaje y/o transporte.
NM-C-2664 EMAG (1.aR). Cinta plana.
NM-M-2665 EMAG (1.aR). Mosquetón.
NM-M-2666 EMAG (1.aR). Mosquetón de seguridad.
NM-C-2680 EMAG (1.aR). Casco de escalada.
NM-T-2738 EMAG (1.aR). Tejido para la bandera nacional.
NM-G-2800 EMAG. Grasa asfáltica de extrema presión.
NM-G-2801 EMAG. Grasa base lítica con bisulfuro de molibdeno.
NM-G-2802 EMAG. Grasa de silicona con bisulfuro de molibdeno.
NM-B-2803 EMAG. Barniz lubrificante de secado al aire.
La segunda revisión a la norma NM-I-125 E (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden de la Presidencia del Gobierno de 21 de julio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» número 181).
La tercera revisión a la norma NM-T-299 EMAG (2.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-C-449 EMAG (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 48/1987, de 27 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 224).
La primera revisión a la norma NM-M-2112 EMAG anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 25/1982, de 19 de febrero («Diario Oficial del Ejército» número 54).
La segunda revisión a la norma NM-D-2166 EMAG (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La primera revisión a la norma NM-S-2476 H3 EMAG anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 33/1988, de 19 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 101).
La primera revisión a la norma NM-C-2664 EMAG anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1991, de 25 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 56).
La primera revisión de dicha norma NM-M-2665 EMAG anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1991, de 6 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 56).
La primera revisión de la norma NM-M-2666 EMAG anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1991, de 6 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 56).
La primera revisión a la norma NM-C-2680 EMAG anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 56/1991, de 8 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 189).
La primera revisión a la norma NM-T-2738 EMAG anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 128/1993, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 12).
2. Conjuntas EMA: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire:
NM-C-2662 EMA (1.aR). Cuerda de escalada.
NM-A-2663 EMA (1.aR). Anillo individual de escalada.
NM-P-2667 EMA (1.aR). Piolet.
NM-S-2709 EMA (1.aR). Sobres con ventana y tipo de impreso.
La primera revisión a la norma NM-C-2662 EMA anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1991, de 25 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 56).
La primera revisión a la norma NM-A-2663 EMA anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1991, de 25 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 56).
La primera revisión a la norma NM-P-2667 EMA anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 19/1991, de 25 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 56).
La primera revisión a la norma NM-S-2709 EMA anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 18/1993, de 26 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 60).
3. Conjuntas EMG: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, la Armada y la Guardia Civil:
NM-E-102 EMG (2.aR). Encerados para enseñanza.
La segunda revisión a la norma NM-E-102 EMG (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
4. Conjuntas EAG: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, el Ejército del Aire y la Guardia Civil:
NM-C-2798 EAG. Carta terrestre, signos convencionales y abreviaturas de cartografía terrestre. Escala 1/50.000.
5. Conjuntas MAG: De obligado cumplimiento en la Armada, el Ejército del Aire y la Guardia Civil:
NM-E-562 MAG (2.aR). Envases para pinturas. Ensayos de calidad.
La segunda revisión a la norma NM-E-562 MAG (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado», número 288).
6. Conjuntas MG: De obligado cumplimiento en la Armada y la Guardia Civil:
NM-M-140 MG (2.aR). Mosquetones para drizas y rabizas de banderas.
La segunda revisión a la norma NM-M-140 MG (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
7. Particulares E: De obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra:
NM-B-2799 E. Bastón de esquí.
8. Particulares M: De obligado cumplimiento en la Armada:
NM-C-138 M (2.aR). Carbón corriente, hullas, para calderas de vapor, calefacción y otros usos.
NM-J-247 M (2.aR). Jarcia de cáñamo.
NM-S-259 M (2.aR). Sobrefundas de colchonetas.
NM-H-297 M (2.aR). Hexotonal para la carga explosiva de los proyectiles de 40 milímetros.
NM-B-489 M (2.aR). Barnizado interior de casquillos metálicos de munición de artillería.
NM-C-747 M (2.aR). Corredera mecánica o de patente.
NM-J-791 M (2.aR). Jarras metálicas para munición de 40/70.
NM-C-792 M (2.aR). Cargadores para munición de 40/70 «Bofors».
NM-M-898 M (3.aR). Modelos de registros del Centro de Información y Combate.
NM-CH-2023 M (1.aR). Chalecos salvavidas inflables para escape libre de submarinos.
NM-C-2804 M. Correaje para marinería e infantería de marina.
La segunda revisión a la norma NM-C-138 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-J-247 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-S-259 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-H-297 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-B-489 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-C-747 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-J-791 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La segunda revisión a la norma NM-J-792 M (1.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La tercera revisión a la norma NM-M-898 M (2.aR) anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa 109/1993, de 3 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 288).
La primera revisión a la norma NM-CH-2023 M anula la edición anterior de dicha norma aprobada por Orden del Ministerio de Defensa de 14 de noviembre de 1978 («Diario Oficial de la Armada», número 265).
9. Particulares A: De obligado cumplimiento en el Ejército del Aire:
NM-M-2805 A. Manguitos portadivisas para el personal militar del Ejército del Aire.
Segundo.-Se anulan las normas militares y el carácter de obligado cumplimiento de las normas UNE siguientes:
1. Normas militares (NM) a anular:
1.1 Para Ejército de Tierra, la Armada y Ejército del Aire:
NM-T-182 EMA (1.aR). Tejido para pantalones de deporte de las Fuerzas Armadas.
1.2 Para la Armada y el Ejército del Aire:
NM-R-66 EMA (1.aR). Resistencia al desgarre de los tejidos.
1.3 Para el Ejército de Tierra y el Ejército del Aire:
NM-CH-2330 EA. Chaleco de invierno.
1.4 Para la Armada:
NM-R-91 EM. Resistencia a la rotura por tracción y alargamiento de los tejidos.
NM-P-92 EM. Peso del metro cuadrado de tejido a sequedad normal para ensayos.
NM-C-93 EM. Cantidad de carga y apresto de un tejido.
NM-T-184 EM (1.aR). Tejidos. Determinación del grado de impermeabilidad.
NM-E-188 EM. Ensayos de tejidos. Ignifugación.
NM-C-277 M (1.aR). Cartuchera de lona para subfusil de asalto «Cetme».
1.5 Para el Ejército del Aire:
NM-M-1132 EA. Método para medir la recuperación de las arrugas en los tejidos.
NM-C-1188 A. Capote tienda.
NM-CH-2439 A. Chaquetón de abrigo.
2. Normas Militares de las Fuerzas Armadas de otros países:
2.1 Para la Armada y el Ejército del Aire:
MIL-STD-109. «Quality assurance terms and definitions».
MIL-STD-463. «Definitions and systems of units electromagnetic interference and electromagnetic compatibility technology».
3. Normas UNE. Se anula el carácter de obligado cumplimiento de las siguientes normas UNE:
3.1 Para el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire:
UNE 37 401 (60). Estaño. Definiciones. Clases.
3.2 Para la Armada:
UNE 43 002 74 (1). Anteojería. Especificación de lentes correctoras monofocales.
UNE 43 002 74 (2). Anteojería. Especificación de lentes correctoras multifocales.
UNE 43 004 74 (1R). Anteojería. Lentes correctoras. Tolerancias de fabricación.
UNE 43 005 74 (1R). Anteojería. Tolerancias de montaje.
UNE 43 006 75 (1R). Anteojería. Receta médica.
Madrid, 24 de julio de 1997.
SERRA REXACH
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