El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión del día 22 de enero de 1997, adoptó el siguiente Acuerdo:
Delegar en el Presidente y Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que podrán ejercerla de modo indistinto, la competencia para determinar el importe de la fianza colectiva, correspondiente a las entidades adheridas al Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, contemplada en el artículo 61 del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de operaciones bursátiles.
De las decisiones adoptadas al amparo de lo previsto en este Acuerdo se dará cuenta al Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores en la primera ocasión en que éste se reúna.
Madrid, 22 de enero de 1997.-El Presidente, Juan Fernández-Armesto Fernández-España.
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