El Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de octubre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 3.892/1997, promovido por el Presidente del Gobierno contra la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 7/1997, de 29 de mayo, de Medidas Fiscales sobre la Producción y Transporte de Energía que incidan sobre el Medio Ambiente. Y se hace saber que, por el Presidente del Gobierno, se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada, desde la fecha de interposición del recurso -27 de septiembre de 1997- para las partes en el proceso, y desde el día en que aparezca publicada dicha suspensión en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 14 de octubre de 1997.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Álvaro Rodríguez Bereijo.-Rubricado.
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