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Documento BOE-A-1997-26033

Resolución de 5 de noviembre de 1997, de la Universidad de Oviedo, por la que se modifica la organización temporal del aprendizaje del plan de estudios de Licenciado en Medicina, según acuerdo de la Junta de gobierno de fecha 26 de septiembre de 1997 y que anula las publicadas en las Resoluciones de 10 de marzo de 1994 y 26 de julio de 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1997, páginas 35786 a 35786 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-26033

TEXTO ORIGINAL

En virtud del mencionado acuerdo de Junta de gobierno de esta Universidad de 26 de septiembre de 1997,

Este Rectorado ha resuelto modificar la organización temporal del aprendizaje del plan de estudios de Licenciado en Medicina que anula la publicada en las Resoluciones de 10 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 29), y de 26 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 19 de septiembre), quedando establecido como figura en el anexo.

Oviedo, 5 de noviembre de 1997.-El Rector, Julio Rodríguez Fernández.

ANEXO

II. Organización del plan de estudios

B) Ordenación temporal del aprendizaje.

Se modifica el régimen de incompatibilidades entre asignaturas del plan de estudios de Licenciado en Medicina, publicado por Resolución de 10 de marzo de 1994 en el «Boletín Oficial del Estado» de 29, y modificado por Resolución de 26 de julio de 1995, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 19 de septiembre, que según acuerdo de Junta de gobierno del 26 de septiembre de 1997, queda establecido como sigue:

1. Tener aprobado un mínimo de 25 créditos de la troncal núme ro 6 (Morfología, estructura y funciones del organismo humano normal. Niveles molecular, tisular y orgánico), del primer curso para poder matricularse de las asignaturas de la troncal número 2 (Desarrollo, morfología, estructura y función de los aparatos y sistemas corporales en estado de salud), de segundo curso, salvo la asignatura «Anatomía Funcional del Aparato Locomotor» que se imparte en primer curso.

2. Tener aprobadas todas las asignaturas de la troncal número 6 (Morfología, estructura y funciones del organismo humano normal. Niveles molecular, tisular y orgánico) del primer curso y un mínimo de 36 créditos de la troncal número 2 (Desarrollo, morfología, estructura y función de los aparatos y sistemas corporales en estado de salud) del segundo curso, para poder matricularse de las asignaturas de la troncal número 5 (Introducción a la Patología: Causas, mecanismos, manifestaciones generales y expresión morfopatológica de la enfermedad. Bases del diagnóstico y tratamiento) de tercer curso.

3. Tener aprobadas todas las asignaturas troncales del primer ciclo para poder matricularse de las del segundo ciclo. Se excluyen la troncal número 1 (Psicología Médica y Psicopatología), que será incompatible, únicamente, con la asignatura «Psiquiatría», de quinto curso, y la troncal número 3 (Demografía Sanitaria y Epidemiología General) que será incompatible tan solo con la asignatura «Medicina Preventiva y Salud Pública» de sexto curso.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/11/1997
  • Fecha de publicación: 04/12/1997
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Plan publicado por Resolución de 10 de marzo de 1994 (Ref. BOE-A-1994-7322).
  • CITA Resolución de 26 de julio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-21069).
Materias
  • Medicina
  • Planes de estudios
  • Universidad de Oviedo

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