Juan Carlos I
Rey de España
Por cuanto el día 6 de noviembre de 1992, el plenipotenciario de España, nombrado en buena y debida forma al efecto, firmo en Madrid el protocolo de adhesión del Gobierno de la República Helénica al acuerdo entre los Gobiernos de los Estados de la Unión Económica Benelux, de la República Federal de Alemania y de la República Francesa, relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes, firmado en Schengen el 14 de junio de 1985, tal como quedó enmendado por los protocolos de adhesión del Gobierno de la República Italiana, firmado en París el 27 de noviembre de 1990, y de los Gobiernos del Reino de España y de la República Portuguesa, firmados en Bonn el 25 de junio de 1991, hecho en el mismo lugar y fecha,vistos y examinados los cinco artículos de dicho protocolo y la declaración común relativa a las medidas a corto plazo, previstas en el titulo primero del acuerdo entre los gobiernos de los estados de la Unión Económica Benelux, de la República Federal de Alemania y de la República Francesa, relativa a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes, firmado en Schengen el 14 de junio de 1985, tal como quedó enmendado por el protocolo de adhesión del Gobierno de la República Italiana, firmado en París el 27 de noviembre de 1990, y por los protocolos de adhesión de los Gobiernos del Reino de España y de la República Portuguesa, firmados en Bonn el 25 de junio de 1991,concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el articulo 94.1 de la Constitución, vengo en aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este instrumento de ratificación firmado por mi, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores.
Dado en Madrid a 23 de febrero de 1994.
Juan Carlos R.
El Ministro de Asuntos Exteriores,Javier Solana Madariaga
estados parte / firma / deposito instrumento ratificación / fecha entrada en vigor /
Alemania, Rep. Fed. De (1) 6-11-1992 /-/ 1-12-1997
Bélgica 6-11-1992 / 26-8-1997/ 1-12-1997
España 6-11-1992 / 28- 3-1994 / 1-12-1997
Francia 6-11-1992 / 29-10-1997 / 1-12-1997
Grecia 6-11-1992 / 29-10-1997 / 1-12-1997
Italia 6-11-1992 / 17-1-1995 / 1-12-1997
Luxemburgo 6-11-1992 / 1-3-1994 / 1-12-1997
Países Bajos 6-11-1992 / 31-10-1997 / 1-12-1997
Portugal 6-11-1992 / 23-1-1995 / 1-12-1997
(1) Alemania firmó el presente protoco sin reserva de ratificación de acuerdo con el articulo 4.1.
El presente Protocolo que estaba en aplicación provisional desde el 7 de noviembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» número 34, de 9 de febrero de 1993), entra en vigor de forma general y para España el 1 de diciembre de 1997, de conformidad con lo establecido en su artículo 4.2.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 27 de noviembre de 1997.-
El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores, Julio Núñez Montesinos.
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