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Documento BOE-A-1997-2889

Recurso de inconstitucionalidad número 104/1997, promovido por la Junta de Extremadura contra el artículo único de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1997, páginas 4376 a 4376 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1997-2889

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de enero actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 104/1997, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura contra el artículo único de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre, en cuanto da nueva redacción a los artículos 10.4.a), 11.a y g) y 19.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas, así como contra aquellos preceptos que por conexión pudieran resultar contrarios a la Constitución.

Madrid, 28 de enero de 1997.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 28/01/1997
  • Fecha de publicación: 11/02/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la extinción por desistimiento del recurrente, por Auto de 4 de junio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-12177).
Referencias anteriores
  • Recurso promovido contra el art. Unico de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29016).
  • CITA Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-1980-21166).
Materias
  • Arbitraje
  • Cesión de Tributos
  • Ceuta
  • Comunidades Autónomas
  • Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Melilla
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Sistema tributario
  • Tasas

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