Producido error en la Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 202, de fecha 24 de agosto de 1994, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 26969, en el cuadro de materias troncales, donde dice: «Que las asignaturas Practicum I y Practicum II se vinculan a las áreas: Las señaladas en el Real Decreto 1424/1990», debe decir: «Que el Practicum I se vincula a las siguientes áreas: "Derecho Procesal", "Derecho Penal", "Derecho Constitucional", "Derecho Administrativo" y "Derecho Internacional Público", y el Practicum II se vincula a las siguientes: "Derecho Civil", "Derecho Mercantil", "Derecho Financiero", "Derecho del Trabajo" y "Derecho Internacional Privado"».
Asimismo, en la página 26974, en el punto 1.-Ordenación temporal de las enseñanzas, donde figura el texto: «No podrá superar un alumno asignaturas secuenciales (aquellas que tienen la misma denominación, distinguiéndose por el ordinal que las acompaña) superiores en tanto no haya obtenido los créditos que se exigen en las inferiores.», deberá figurar el siguiente:
«Asignaturas previas / Asignaturas posteriores
Derecho Financiero I / Derecho Financiero II.
Derecho Penal I / Derecho Penal II.
Derecho Penal II / Derecho Penal III.»
Cádiz, 23 de enero de 1997.-El Rector, Guillermo Martínez Massanet.
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