En el recurso contencioso-administrativo número 388-94, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Banco Vitalicio de España, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 2 de diciembre de 1992, y 24 de noviembre de 1993, se ha dictado, con fecha 27 de mayo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal del Banco Vitalicio de España, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, debemos declarar y declaramos nulas, sin valor ni efecto, las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 2 de diciembre de 1992, por la que se denegó la marca 1.693.082 Segurtex-Grupo Vitalicio, con gráfico, clase 38, y la emitida el 24 de noviembre de 1993, por la que expresamente se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la anterior, y por todo ello ha de accederse a que se conceda la citada marca. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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